CCSS lleva más de una década sin cobrar intereses a deuda del Estado

Según advierte Auditoría Interna

La Auditoría Interna de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) emitió una advertencia a la Administración Activa por la ausencia de registro contable y gestiones de cobro de los intereses moratorios que el Estado adeuda a la institución. 

Según el oficio de advertencia AD-AFINPE-0045-2026, la Caja ha ignorado sistemáticamente el cálculo de estos réditos por más de 10 años, a pesar de contar con criterios legales que respaldan su cobro para financiar programas sensibles como el Régimen No Contributivo (RNC) de pensiones.

La controversia se remonta a 2013, cuando la Dirección Jurídica de la CCSS determinó que las deudas estatales por conceptos como el impuesto a cigarrillos, licores y ventas deben generar intereses legales desde el momento en que el monto es líquido.

Pese a que en 2020 se aprobó una metodología formal para su cálculo, los estados financieros a mayo de 2025
reflejan que el rubro sigue sin ser reconocido.

“Pese a contarse con dicho criterio desde 2013 y, a partir de 2020, con una metodología formalmente aprobada, en los últimos estados financieros disponibles (mayo de 2025) la institución no ha registrado contablemente ni ha efectuado gestiones de cobro sobre los intereses asociados con las cuentas por cobrar al Estado por los conceptos indicados”, señala el documento.

Choque de criterios

La Administración ha mantenido una posición rígida, condicionando cualquier movimiento contable a que exista una resolución definitiva en los tribunales, lo cual mantiene los montos fuera de los libros oficiales.

“El estado de esta recomendación continúa en proceso por cuanto no se puede realizar el registro de los intereses correspondientes hasta que no exista una resolución y una sentencia en firme, que fundamente lo solicitado, actualmente no resulta viable reconocer dichas sumas hasta tanto no se cuente con los elementos técnicos y jurídicos suficientes”, señaló el Área de Contabilidad Financiera.

No obstante, de acuerdo con la Auditoria Interna, la normativa de control interno y las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP) exigen que la administración sustente técnicamente sus decisiones, y que un proceso judicial no es motivo suficiente para ignorar la transparencia en las cuentas por cobrar.

Aumento de deuda

El informe subraya que la Administración está obligada a documentar su posición y valorar la recuperabilidad de los activos, independientemente de lo que ocurra en el Tribunal Contencioso Administrativo.

“La existencia de un proceso judicial en trámite constituye un elemento que debe ser valorado técnicamente al momento de definir el tratamiento contable aplicable. Sin embargo, por sí sola, esa circunstancia no releva a la Administración Activa de analizar, documentar y sustentar la posición contable que finalmente adopte”, señala el documento.

La deuda total del Estado con la CCSS ascendía, al 31 de mayo de 2025, a más de ¢4,43 billones, de los cuales el 82,65% corresponde al Seguro de Salud.

Ante el riesgo de una gestión inadecuada de estos recursos, la Auditoría ha otorgado un plazo de tres meses a la Gerencia Financiera para que defina y sustente formalmente el tratamiento contable que se dará a estos intereses moratorios.