Los padres de familia o encargados legales de un menor de edad que no denuncien relaciones impropias podrían perder la patria potestad.
La propuesta es impulsada por la bancada del Frente Amplio (FA).
¿RELACIONES IMPROPIAS?
De acuerdo con la ley 9.406, hay distintos tipos de relaciones impropias.
La primera es cuando una persona mayor de 13 años de edad y menor de 15 tiene una relación sexual con una persona adulta al menos cinco años mayor. Para este caso en particular habría prisión de tres a seis años.
El segundo tipo es cuando un mayor de 15 años, pero menor de 18 sostiene un ligamen sexo afectivo con un adulto al menos siete años mayor. En este caso aplica prisión de dos a tres años.
Finalmente, se establecen penas de cuatro a 10 años cuando el adulto sea tío, hermano, primo, por consanguinidad o afinidad; tutor, cuidador, alguien en posición de confianza o autoridad respecto al menor y a su familia, medie o no relación de parentesco.
LA PROPUESTA
Más allá de lo establecido, la iniciativa busca reformar dos artículos del Código de Familia y uno del Código de Niñez y Adolescencia a fin de que se castigue a los encargados legales que permitan relaciones impropias entre una persona menor de edad y un adulto.
“Si bien la responsabilidad parental ya habla del cuidado y la protección se considera necesario establecer la protección frente a las relaciones impropias como un deber, por medio de la reforma del artículo 143 del Código de Familia”, señaló Rocío Alfaro, diputada del FA.
Dicho artículo incluiría una nueva línea dentro de los atributos de la responsabilidad parental que establecería como deber protegerlos frente a cualquier tipo de violencia, incluyendo las relaciones impropias.