Caso Diamante: juez rechaza nueva solicitud de crimen organizado

La resolución fue notificada este martes

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Una resolución con fecha del pasado 3 de abril, suscrita por el juez penal Fabián Rodríguez, rechaza una nueva solicitud de declaratoria de crimen organizado presentada por el Ministerio Público para el caso Diamante.

La resolución fue notificada este martes a las partes y fue dictada por el Juzgado Penal de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José.

Hay que recordar que el pasado 10 de febrero, este mismo juzgado ya se había traído abajo dicha declaratoria según el voto 052-2025, tras un error de una jueza, quien utilizó un machote de otro caso sin borrar menciones por homicidio y aborto, delitos que no tenían relación con el caso Diamante.

Faltan razonamientos

En esta nueva resolución, el juez Rodríguez Espinoza resalta la “nula fundamentación del requerimiento”.

Explica que el Ministerio Público presentó un escrito el 21 de febrero de 2025, en donde solicita, en dos líneas, “se conozca de la solicitud de declaratoria de crimen organizado de diciembre 2020”.

“Existe nula fundamentación del requerimiento, es decir, no se argumenta el motivo por el cual se mantiene el interés del Ministerio Público, cuáles serían los elementos de prueba que existen al día de hoy y, sobre todo, como podría conocerse una solicitud de diciembre 2020 con efectos a febrero 2025”, indica el juez.

Resalta que estos aspectos son de suma relevancia para conocer la solicitud del Ministerio Público, “máxime que se trata de un asunto polémico y muy mediático, de manera que debió el ente Ministerial aportar información de calidad para valorar su solicitud, no obstante, esto no existe y su gestión no puede recibirse”.

Foto de la Fiscalía General de la República
El juez señaló la falta de fundamentación de la Fiscalía para la nueva solicitud.

Efectos retroactivos

El segundo aspecto que indica el juez tiene que ver con que han pasado más de 3 años desde el momento de la presentación del recurso de apelación.

Hay que recordar que cuando este caso salió a la luz pública, en noviembre del 2021, los abogados defensores de los 6 alcaldes (en ese momento) presentaron recursos de apelación en contra de la resolución que ordenó este proceso como crimen organizado. 

Pero el Tribunal resolvió en febrero 2025, es decir, 3 años y 2 meses después de haberse presentado los recursos de apelación. 

Dice la resolución de abril: “de manera que, durante este tiempo, como se indicó líneas arriba, los efectos de la declaratoria de crimen organizado fueron acumulando consecuencias procesales, de manera que al día de hoy, con la nulidad de dicha resolución, los efectos de dicha declaratoria se anularon”.

Explica el juez que evidentemente los efectos que produjo la declaratoria de crimen organizado cesaron y es imposible, al día de hoy, declarar el presente asunto como crimen organizado con efectos retroactivos. 

“Esta posibilidad, como se indicó líneas arriba, es inconstitucional e inconvencional, puesto que afectaría el debido proceso y principalmente el derecho de defensa, ¿cómo podría un imputado defenderse de consecuencias procesales hacia el pasado?, evidentemente esto no es propio del debido proceso”. 

“Sumado a lo anterior, al momento de la presentación de la solicitud de declaratoria de crimen organizado (diciembre 2020) esta contenía aspectos normativos que al día de hoy están derogados (por ejemplo el artículo 2) y no se indicó o argumentó sobre este punto, repito, ya que se trata de una solicitud de más de 4 años”, agrega el juez Rodríguez.

El juez penal indica que es posible solicitar una nueva declaratoria de crimen organizado para el caso, pero “tendría que contener una solicitud novedosa, distinta a la presentada en diciembre 2020, esto es así porque han pasado más de 4 años desde aquella solicitud, evidentemente las circunstancias no son las mismas, han cambiado y por ello, se requiere de una nueva solicitud, abarcando la necesidad e interés del Ministerio Público y aportando datos e información novedosa”.

¿Qué pasa con la prueba?

La resolución indica que la decisión no le pone fin al proceso como tal, de manera que ante este panorama “no podría dictarse el sobreseimiento definitivo de los imputados”. 

En cuanto a la validez o no de las escuchas telefónicas que fueron sustentadas bajo la declaratoria de crimen organizado, “si bien se encuentra pendiente de resolver por parte del Tribunal Penal los recursos de apelación en contra de las intervenciones telefónicas, la presente resolución no impide que se conozcan los recursos de apelación presentados”, dice el juez.

Para el abogado Alfonso Ruiz, defensor del exalcalde de San José, Johnny Araya, luego del rechazo de las dos solicitudes anteriores del Ministerio Público, y ante esta nueva solicitud, no hay una resolución que le dé esa calificación al caso.

 “No hay a hoy una resolución que establezca el caso Diamante como crimen organizado, pero eso puede variar, con las gestiones que imagino hará el Ministerio Público y con algunas gestiones que las defensas vamos a imponer”, comentó.     

En noviembre el 2021, salió a la luz pública la detención de seis alcaldes por parte del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y la Fiscalía de Transparencia y Anticorrupción, ante la existencia presunta de una red de corrupción de obra vial en las Municipalidades. 

De los seis alcaldes imputados en ese momento, solo Mario Redondo, de Cartago se mantiene como jerarca municipal.

El resto de los imputados son los excaldes: Johnny Araya Monge, de San José; Mario; Alfredo Córdoba Soro, de San Carlos; Humberto Soto Herrera, de Alajuela; Arnoldo Barahona Cortés, de Escazú, y Alberto Cole de Osa. 

La Fiscalía acusa a los jerarcas y otros funcionarios municipales como sospechosos de favorecer a algunas empresas constructoras en los procesos de licitación de obra pública para proyectos de infraestructura y conservación vial.