Más de una década después de que la empresa canadiense Infinito Gold Ltd. demandara al Estado costarricense por presuntas pérdidas, al no poder efectuar la actividad de minería a cielo abierto en Crucitas, el caso llegó a su fin.
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) falló a favor de Costa Rica, con lo que el Estado se libra de pagar $394,8 millones (más ¢209.000 millones).
Esta es la mayor demanda en contra del país en la historia, no obstante, el tribunal arbitral concluyó que era improcedente adjudicar daños a favor de la empresa.
La compañía obtuvo su primer permiso de exploración en Crucitas, en el distrito de Cutris, en el cantón de San Carlos, en 1993, autorización que prorrogada hasta el 18 de setiembre de 1999. En ese periodo realizó estudios para cuantificar la existencia de oro en el lugar.
Luego de 10 años sin actividad directa en el país, en 2010 Infinito Gold inició operaciones nuevamente bajo la figura de Industrias Infinito Sociedad Anónima, para la explotación de un área total de 305,90 hectáreas, apoyada por declaratoria de Interés Público emitida por la Administración Arias Sánchez.
Sin embargo, luego de protestas de diferentes grupos ambientalistas y el inicio de procesos judiciales en el país, la minería a cielo abierto fue declarada ilegal dentro de nuestras fronteras.
MINERÍA EN CRUCITAS
En noviembre de 2004 la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo contra el otorgamiento de la concesión de explotación minera, al señalar que existió una violación al artículo 50 de la Constitución Política, que señala el derecho al ambiente sano.
A pesar de esto, en diciembre de 2005 la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena) otorgó viabilidad ambiental al proyecto minero Crucitas por periodo de 10 años, dentro de los cuales se pretendía extraer anualmente 3.000 kilogramos de oro.
En octubre de 2008 el expresidente de la República, Óscar Arias y el exministro de Ambiente, Roberto Dobles, firmaron el decreto 34801-MINAET, por medio del cual se declaraba de interés público y conveniencia nacional el proyecto.
No obstante, días después el exdiputado Edgardo Araya presentó un recurso de amparo ante la Sala Constitucional en contra de Industrias Infinito, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y Setena, sin embargo, este fue hallado sin lugar en 2009.
No obstante, en 2010 la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (Apreflofas) solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo una medida cautelar del proyecto minero. Esta acción fue aceptada y para noviembre de ese año el tribunal anuló el decreto que permitía la minería a cielo abierto.
Además, los jueces condenaron al Estado y a la transnacional al pago de una reparación por los daños ambientales provocados por la tala de árboles.
LA DEMANDA
Para 2014, Infinito Gold demandó a Costa Rica por $94 millones, sin embargo, luego se elevaron las pretensiones de la empresa a $394 millones.
Alegaron que existía un acuerdo entre el Gobierno costarricense y el de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, suscrito el 18 de marzo de 1998 y que entró en vigor el 29 de setiembre de 1999.
También adujeron que las decisiones del Contencioso violentaban lo establecido en el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados.
No obstante, en junio de 2021 el Ciadi falló a favor de Costa Rica y denegó a Infinito Gold Ltd. sus pretensiones de indemnización. En octubre de 2021 la compañía solicitó la anulación del laudo.
Casi tres años después, el Ciadi volvió a fallar a favor del Estado costarricense y pone fin al caso de Crucitas entre Infinito Gold y el Gobierno nacional.