¡Atención, conductores! Si usted es una de esas personas a las que les retiraron las placas o el vehículo en los últimos 15 días, ya puede realizar el proceso para su devolución.
Cabe mencionar que para recoger las placas es necesario sacar una cita previamente y evitar aglomeraciones, en especial en estos días.
Carlos Rivas Fernández, director jurídico del Consejo de Seguridad Vial (Cosevi), indicó: “Es importante recordar la necesidad de una cita, de tal manera que eventuales nuevos infractores que no están familiarizados con la medida puedan gestionar, sin perder tiempo, su cita de manera remota, en lugar de perder parte de su jornada laboral, por ejemplo, desplazándose a una sede del Consejo y que deba devolverse por no tener cita”.
VEHÍCULOS DECOMISADOS
Los infractores deberán pagar por acarreo del vehículo decomisado ¢8.016,2 por los primeros 6 kilómetros o menos y ¢1.336,04 por cada kilómetro adicional o su fracción. Asimismo, por concepto de custodia el rubro es de ¢4.846,81 por día.
Por otra parte, estos montos deben pagarse también para retirar el auto en custodia del Cosevi.
Además los usuarios que soliciten la devolución de su vehículo deberán tomar en cuenta que el pago tanto del acarreo como de la custodia es un gasto que deben asumir por cuenta propia.
¿Cómo Retirar Las Placas?
El Cosevi detalló que los infractores tienen 10 días hábiles para apelar un parte, pero en ese conteo no se suman los días en que la institución cerró.
Es decir, no se contarán los días transcurridos entre el 24 de diciembre de 2022 y el 8 de enero de 2023, incluyendo las fechas de inicio y finalización.
Aquellos conductores a quienes se les aplicó una multa el 23 de diciembre, por ejemplo, tendrán tiempo hasta el 20 de enero para apelar.
TRÁMITES
Hasta que los infractores tengan pagadas las multas deben ir a la Unidad de Impugnación del Cosevi más cercana y solicitar la orden de devolución (con base en la cita que sacaron).
En ese momento se les hace el cálculo del monto que deben pagar por la grúa y por cada día de custodia. Además solo los dueños registrales o con autorización de un abogado pueden hacer el trámite.