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Los consumidores tendrán acceso a información más detallada sobre la carne cruda y las vísceras comestibles que compran, tras una actualización de las reglas de etiquetado que deberán cumplir los comercios y proveedores en Costa Rica.
La modificación del Reglamento Técnico RTCR 512:2023, impulsada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), establece requisitos para identificar estos productos, incluidos los que se venden directamente en mostradores.
“Nuestro objetivo es que la información sea clara, transparente y esté disponible tanto en los productos empacados como en la carne que se vende en mostradores”, expresó María del Milagro Solórzano León, ministra de Economía, Industria y Comercio.
Entre los principales cambios figura la identificación expresa de la carne descongelada, así como disposiciones más detalladas sobre ingredientes, aditivos, lotes, fechas de vencimiento e idioma del etiquetado.
También se incorporan reglas específicas para las vísceras comestibles y se establece como referencia técnica la Guía descriptiva de cortes de carne de res y cerdo en Costa Rica, con el propósito de facilitar la identificación uniforme de los productos.
La actualización mantiene requisitos que ya deben cumplir los operadores económicos. Entre ellos están informar el país de origen, el tipo de corte, la especie animal, la fecha de vencimiento, las instrucciones de conservación, el precio por kilogramo y la identificación de procesos como el marinado, el adobado o el tenderizado, que busca suavizar la carne.
La normativa también desarrolla las reglas para declarar ingredientes asociados con alergias o hipersensibilidades alimentarias. Con ello, las autoridades pretenden ofrecer información más precisa a los consumidores y establecer requisitos más claros para las empresas que comercializan estos productos.
El reglamento comenzará a regir un año después de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
Fiscalización
El cumplimiento estará a cargo de dos instituciones con competencias complementarias. El MEIC verificará los requisitos de etiquetado y la información dirigida al consumidor, mientras que el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa), adscrito al MAG, fiscalizará aspectos relacionados con la especie, el corte, el origen y la trazabilidad de los productos.
“Esta actualización normativa contribuye a fortalecer la transparencia, la trazabilidad y la confianza en la cadena de comercialización cárnica. Para nuestro sector es fundamental que los consumidores conozcan con claridad qué productos están adquiriendo y que los productores y comercializadores cuenten con reglas precisas y equitativas”, indicó Juan Gabriel Ramírez Guillén, ministro de Agricultura y Ganadería.
El jerarca agregó que el Senasa continuará ejerciendo sus competencias de fiscalización en coordinación con el MEIC, con el objetivo de promover una comercialización responsable que beneficie a las familias costarricenses y al sector productivo nacional.