Alcalde asegura que eventos dejan pérdidas a la institución.
La decisión del alcalde de San José, Diego Miranda, de cancelar el tope y el carnaval de fin de año, no sentó bien entre regidores de oposición en el Concejo Municipal.
Alexander Cano, regidor de Liberación Nacional aseguró ante la consulta de DIARIO EXTRA, que Miranda debió de consultar a los concejales antes de tomar dicha decisión.
“Es una decisión muy apresurada la que está tomando el señor alcalde, ya que no se ha tomado en cuenta al Concejo Municipal. Si bien es cierto, todos sabemos que la alcaldía tiene su potestad para tomar decisiones y también el Concejo tiene la misma autoridad que tiene la alcaldía, somos entes bifrontes y ambas entidades tenemos la misma jerarquía”.
Similar opinó Yorleny Córdoba, regidora de Progreso Social Democrático. “La falta de transparencia en la comunicación de decisiones, así como la toma de medidas unilaterales sin la participación de los órganos colegiados elegidos por la voluntad popular, como el Concejo Municipal y el Concejo de Distrito, reflejan una actitud déspota por parte del alcalde”, dijo la regidora.
NO ESTÁ OBLIGADO
A pesar de la posición de los regidores, Magally Hernández Rodríguez, doctora en Derecho Público, así como en Gobierno y Políticas Públicas, sostiene que, a pesar de que el Concejo y la alcaldía deben trabajar juntos, quien ejerce como alcalde no está obligado a consultar todas sus decisiones a los regidores.
Conforme explica, los ayuntamientos tienen una organización “similar” al gobierno nacional, de acuerdo con la Constitución. El alcalde es el “Ejecutivo municipal” a que se refiere el artículo 169, mientras que los regidores son una especie de legisladores (toman acuerdos). De esta forma, la función principal del alcalde es ser el administrador o ejecutivo general.
El artículo 17 del Código Municipal, en su inciso a) indica dentro de las competencias del acalde: “ejercer las funciones inherentes a la condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funcionamiento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general”.
“Para el ejercicio de estas atribuciones concretas que la ley le da, nada le obliga a consultar cada decisión a los regidores, sino que puede ejercer sus funciones de forma independiente, porque la relación no es de jerarquía, uno superior a otro, sino de diarquía (el poder se ejerce por dos entes)”, detalló la jurista.
Hernández enfatiza que las competencias de cada órgano están bien delimitadas. “Otro tema diferente es si se trata de competencias colaborativas, como es el alcalde quien lleva la propuesta de presupuesto, pero es el Concejo Municipal quien lo aprueba”, finalizó.
DECRETO DEL TOPE
La celebración del tope es obligatoria gracias a un decreto ejecutivo de 1992, el No. 20913-MGA, el cual establece que el Día Nacional del Caballista se conmemora cada 26 de diciembre, fecha en que se celebra el Tope Nacional en San José, durante los Festejos Populares de fin de año.
CABALLISTAS REACCIONAN
La Asociación de Criadores del Caballo Costarricense de Paso lamentó la decisión de la Municipalidad de San José.
“Es una gran lástima que no se realice el evento, espero que todos los caballistas nos unamos, los que tenemos el corazón con el caballo, y nos podamos organizar para ver qué hacemos”.