La pensión que recibe una persona en Costa Rica se determina con base en el régimen de pensiones para el cual contribuyó durante su vida laboral. Existen diferentes regímenes de pensiones. De ellos, el que cubre un mayor porcentaje de beneficiarios es el de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Recientemente, la Junta Directiva de la CCSS aprobó definitivamente unos ajustes al reglamento del régimen de IVM, que entrarán a regir a partir del 11 de enero de 2024 y generarán algunos cambios en las condiciones para pensionarse que es importante tener en cuenta. A continuación, las condiciones que regirán a partir de su entrada en vigor:
*El derecho de pensión por vejez se adquiere a los 65 años, siempre que la persona trabajadora haya acumulado al menos 300 cuotas (contribuciones mensuales a la seguridad social). Si cumplidos los 65 años no tuviera esa cantidad de cuotas, pero sí más de 180, podrá optar por una pensión por vejez proporcional.
*Las mujeres que cuenten con al menos 405 cuotas tendrán derecho a un retiro anticipado por vejez, a partir de los 63 años. Este derecho a retiro anticipado fue eliminado para los hombres.
*El monto mensual que corresponderá por pensión, por invalidez o por vejez, se calculará con base en el promedio de los mejores 300 salarios o ingresos mensuales reportados a la seguridad social, traídos al valor actual, con base en el índice de precios al consumidor calculado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de Costa Rica.
*Las pensiones se pagarán por mes vencido y el primer pago comprenderá el período del mes desde la fecha de vigencia de la pensión.
*Este régimen de pensiones contempla también el pago de aguinaldo, el cual corresponde a un treceavo pago que recibirá cada beneficiario en la primera semana de diciembre.
La justificación de los miembros de la Junta Directiva de la CCSS para modificar el reglamento es que la aplicación de esos ajustes tendrá un impacto significativo en la sostenibilidad del régimen de IVM, al menos hasta el año 2050.
Es importante recordar que la contribución a la seguridad social es obligatoria para todas aquellas personas que perciben un ingreso resultado de su trabajo manual e intelectual y que se debe contribuir sobre cada ingreso, independientemente de que se genere de fuentes diferentes en el mismo mes y se computen como una única cuota.
*Socio / Gerente Deloitte Legal