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a Procuraduría General de la República (PGR) sugirió una serie de modificaciones en un proyecto de ley que realizaría importantes cambios en materia eléctrica. Se trata de la Ley de Armonización del Sistema Eléctrico Nacional, iniciativa de Gobierno que se tramita bajo el expediente de ley 23.914.
¿EN QUÉ CONSISTE?
Dicha propuesta pretende una “modernización” en los servicios eléctricos a fin de “avanzar en el uso de las energías renovables autóctonas”.
Así, se permitiría que las empresas distribuidoras podrían comprar energía entre ellas o a los generadores privados y además avancen en “nuevas tecnologías”.
Por otra parte, se plantea que los generadores privados puedan vender su energía al Mercado Eléctrico Regional (MER) cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) no la compre.
CUESTIONAMIENTOS
Precisamente, dicho punto es uno de los más cuestionados por distintos sectores, ya que consideran que se marca “favoritismo” a las empresas privadas que brinden servicios eléctricos y de comunicaciones, en detrimento del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE).
Del mismo modo, acusan incremento en tarifas y afectación en el servicio principalmente en zonas rurales, ya que el ICE no podría cumplir con el modelo subsidiario a nivel nacional.
“Vayan a Nicaragua, a El Salvador, a Honduras, a Guatemala, y vean lo que es un sistema eléctrico en manos de sectores privados que no planifican y anteponen sus intereses a las necesidades del país”, severó en su momento la diputada del Frente Amplio (FA) Sofía Guillén.
CAMBIOS
Más allá de distintas posiciones, la Procuraduría enfatizó que el papel de agente del mercado regional solo lo pueden ostentar el ICE y sus empresas, por lo que “se requiere habilitación legal para que los generadores privados puedan acudir al MER a colocar y negociar parte de su producción de energía”.
“(…) Resulta evidente (que) los cambios normativos propuestos aparejan un cambio sustancial en el actual modelo de mercado de la energía eléctrica, tanto a nivel nacional como regional, lo cual, desde luego, implica una decisión de carácter político, ideológico y también permeada de razones socioeconómicas, que la coloca estrictamente dentro de la discrecionalidad del legislador (…)”, externa el criterio PGR-OJ-012-2024
Además, cuestiona que la función de operar y administrar el SEN que actualmente corresponde al ICE pase a un “Ente Coordinador del Sistema Eléctrico Nacional (Ecosen)”.
“Es una decisión que corresponde valorar y adoptar a la Asamblea Legislativa. Pero, en atención al principio de razonabilidad, es necesario determinar cuáles (son) las razones por las que se hace necesario modificar el esquema actual (…) Tal y como hemos indicado en otras ocasiones sobre proyectos de ley que pretenden crear nuevos organismos, se exige que se dé una ponderación en cuanto a si lo propuesto responde a una necesidad real o no de nuestro ordenamiento jurídico y si existen otras alternativas viables”, recalcan.
DEBE VALORARSE
Otro punto sostenido por la PGR es que la decisión de permitir que los generadores privados participen en el mercado eléctrico regional es un asunto que debe ser valorado por la Asamblea Legislativa, después de analizar cuáles serían los eventuales beneficios y perjuicios de una medida como esa.
“El segundo objetivo de la iniciativa es la armonización del Sistema, pero eso requiere que el proyecto sea revisado, detallada y minuciosamente, para lograr un texto que realmente contribuya a generar un marco normativo integral, claro y preciso sobre SEN. Existen algunos artículos que no están relacionados con el tema del capítulo o título en el que se ubican, es recomendable revisar que el texto propuesto sea coherente con el resto de disposiciones que quedarían vigentes, y es necesario valorar, detalladamente, cuáles disposiciones deben ser reformadas o derogadas, para lograr una adecuada armonización del sistema y evitar problemas de interpretación y aplicación futura”, aconseja.
Según la Procuraduría, llama la atención que en el proyecto solo se plantea la reforma de algunas disposiciones de la Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos y se dejan de lado el resto de las normas que actualmente regulan el SEN.
“En consecuencia, para evitar contradicciones normativas, problemas de aplicación e interpretación futuras y lograr el objetivo propuesto en el proyecto, es necesario modificar esa norma y armonizarla con la regulación proyectada y, además, debería contarse con datos e información objetiva que determinen que, efectivamente, esta medida y las demás propuestas implican una reducción del precio de la energía”, concluye.