CONSULTA: Deseo saber cómo se calcula el costo de donación de una propiedad. ¿Se toma como referencia el valor con que aparece en la municipalidad o hay otros criterios para ese cálculo?
RESPUESTA: En el Registro Nacional, no en las municipalidades, existe un valor registrado del inmueble. Ese es el punto de partida. Sin embargo, al tramitar ese traspaso mediante donación, el monto que aparece en el Registro puede ser modificado por la calificación que el Ministerio de Hacienda le haga en esa institución. Puede ser que sea recalificado el valor hacia arriba, por supuesto, y esto elevaría los costos de derechos que se le pagan al Gobierno y las tasas municipales. El monto de esos gastos, derechos y tasas andan por el 4% del valor declarado o de la recalificación. La donación no implica ninguna ventaja tributaria porque se cobra bajo los principios de un traspaso común.