Cada 11 días hay una denuncia por abuso sexual en centros educativos 

Psicóloga alerta e insta a víctimas a presentar denuncias

Cada 11 días se presenta una denuncia por presunto abuso sexual en centros educativos, atribuida a docentes o personal administrativo en perjuicio de estudiantes, según datos del Departamento de Asuntos Disciplinarios del Ministerio de Educación Pública (MEP).

Los datos facilitados a Diario Extra reflejan la cantidad de denuncias recibidas anualmente durante los últimos dos años. Entre 2023 y el 31 de julio de 2025 se contabilizan 87 por presunto abuso sexual contra menores. 

El desglose muestra 19 casos en 2023, 44 en 2024 y, hasta la última actualización, 19 en 2025.

Según Asuntos Disciplinarios, 73 se presentaron contra docentes, mientras que 9 corresponden a personal administrativo de centros educativos, sin que se especificara a cuáles instituciones pertenecen.

En esa misma línea, también reportaron más de 260 empleados del MEP que han sido suspendidos de sus labores por casos de hostigamiento sexual en el mismo periodo de tiempo anteriormente auditado. 

Según mencionó la cartera educativa sobre los protocolos establecidos y vigentes en la materia, estos “buscan la protección a la presunta víctima, intervenir de manera eficaz, rápida y no precipitada, garantizando la confidencialidad de las actuaciones y velando por el interés superior de la persona menor de edad”.

¿De qué trata este tipo de abuso? 

La psicóloga y especialista en prevención de las violencias, Ingrid Naranjo, explicó que es necesario diferenciar entre acoso y abuso sexual. El primero ocurre cuando existen conductas reiteradas como gestos, comentarios o insinuaciones que incomodan y generan malestar. El abuso, en cambio, se presenta cuando la violencia pasa al acto directo: tocamientos, invasión de la intimidad física o incluso a través de medios virtuales con envío de mensajes o fotografías de carácter sexual.

“Se invade la corporalidad y también el pensamiento de la persona. No siempre se trata de una violación en el sentido socialmente entendido, pero sí de un acto que violenta e irrumpe la seguridad de la víctima”, explicó Naranjo.

Uno de los elementos más preocupantes que señaló la experta es que muchas de las víctimas, sobre todo cuando son menores de edad, sienten temor de denunciar.

“Las violencias están determinadas por la manipulación, por hacerle entender a la víctima que no se le va a creer. Muchas veces se les culpa o desacredita, y eso genera una sensación de indefensión”, comentó.

Aunque las cifras muestran un incremento en las denuncias, la psicóloga considera que esto responde más a un mayor nivel de conciencia y cero tolerancia social que a un aumento de los casos en sí. 

“La gente hoy evidencia más, se anima a hablar, aunque todavía existe el riesgo de represalias y la desconfianza de que nada va a pasar”, añadió.

Para Naranjo, estos datos podrían incluso ser mayores debido al subregistro, especialmente en lo que respecta a personas menores de edad, quienes muchas veces callan por miedo al estigma.

Protocolos que requieren actualización

La especialista fue enfática en que los protocolos del MEP deben aplicarse de manera inmediata y efectiva. Además, insistió en que requieren actualizarse a los nuevos contextos de interacción, tanto presenciales como virtuales. 

“Se necesita dar a la víctima el lugar que merece, no desde la lástima, sino como alguien que ha vivido una violencia y que requiere acompañamiento real”, afirmó.

Asimismo, señaló que los centros educativos deben reforzar sus medidas de seguridad en espacios vulnerables como camerinos, baños o aulas vacías, pues estos son los lugares donde con mayor facilidad se producen situaciones de riesgo. 

Finalmente, Naranjo subrayó que el abordaje no puede limitarse a lo administrativo. Se requiere un trabajo social profundo para romper el estigma que lleva a culpar a la víctima y minimizar su testimonio. 

¿Qué dice la Ley 7899?

“Quien de manera abusiva realice actos con fines sexuales contra una persona menor de edad o incapaz o la obligue a realizarlos al agente, a sí misma o a otra persona, siempre que no constituya delito de violación, será sancionado con pena de prisión de tres a ocho años”. 

La pena será de cuatro a diez años de prisión en los siguientes casos:

1. Cuando la víctima sea menor de 12 años.

2. Cuando exista vulnerabilidad, incapacidad para resistir, violencia o intimidación.

3. Cuando el agresor sea familiar cercano, cónyuge o responsable de custodia o educación.

4. Cuando el agresor se aproveche de una relación de confianza con la víctima o su familia.

Hostigamiento sexual en el sector público

• Ministerio de Educación Pública: 260

• Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS): 42

• Poder Judicial: 39

• Ministerio de Seguridad Publica: 22

• Instituto Nacional de Aprendizaje (INA): 16

Fuente: Defensoría de los Habitantes