El ciudadano Douglas Caamaño interpuso un recurso de amparo contra la reciente modificación al régimen de pensiones de Invalidez Vejez y Muerte (IVM) porque asegura que, al acogerse al fallo de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y quitarle el género a la cedula, ya no hay hombre o mujer, y se reconocen 5 géneros más.
Caamaño dijo “Esto tiene consecuencias porque en el país no existen solo hombres y mujeres. Qué pasa con el régimen de pensiones, qué pasa si un varón decide autopercibirse como mujer para que aparezca como género femenino en el registro civil, entonces, ¿tiene la oportunidad de pensionarse tres años antes?
Si alguien se percibe como de genero fluido, entonces, a la hora de la pensión, no va tener ese derecho porque, a como está planteado el régimen en Costa Rica dentro de la CCSS y del TSE, la pensión solo tiene base sobre hombres y mujeres”, comentó el recurrente.
Para este hombre, desde que el tribunal les dio la viabilidad a todos los demás géneros, el régimen de pensiones dejó de ser válido.
Por esta razón, en su criterio, la reciente modificación al régimen de pensiones, basada en la existencia de solo dos géneros, cuando el Tribunal Supremo de Elecciones, en su Dirección del Registro Civil, reconoce legalmente 5 géneros más, devienen en nulas. A esto se le debe adicionar que los mecanismos de cálculo de pensiones actuales solo contemplan 2 géneros para su implementación, por ende, también son obsoletos y no se pueden seguir utilizando para realizar cambios al régimen de pensiones actual.
En su recurso, Caamaño plantea que se declaren ilegales todos los acuerdos tomados por la Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social sobre las recientes modificaciones al régimen de pensión actual.
También pide que se instruya a la Junta Directiva de la Caja para que suspenda la aplicación de cambios a cualquier régimen de pensiones en donde tenga que aplicar tablas de cálculo que solo contemplen 2 de los 7 géneros que aceptó y que aplica en materia civil el TSE, que serían: hombre cisgénero, mujer cisgénero, no binario, transexual, transgénero y travestis.
Por otra parte, espera que se declaren inconstitucionales todos los artículos de todas las leyes, códigos y reglamentos que en materia de pensiones se basen en cálculos sobre la sola existencia de dos géneros.
También exige que se instruya a la Superintendencia de Pensiones (SUPEN) para que, en un plazo prudencial, presente ante la Sala Constitucional un informe que compile la totalidad de modificaciones constitucionales a leyes y reglamentos en materia de pensiones y que presente las nuevas fórmulas de cálculos al régimen de pensiones que deben aplicarse para cumplir con el dictado de la opinión consultiva N.° OC-24/17 en materia del reconocimiento de género que sí acató y aplica el Tribunal Supremo de Elecciones.