El enunciado número tres del Protocolo de Buenas Prácticas en servicios financieros de la Oficina del Consumidor Financiero (OCF), se enfoca en los aspectos que una entidad financiera le debiera de explicar al consumidor, y que pueden significar un aumento en la cuota mensual de su crédito.
El enunciado estipula lo siguiente: “De conformidad con el presente protocolo, se entiende que una entidad financiera observa y aplica buenas prácticas para con sus clientes, en la medida que: 3. Explica al consumidor y garante(s), las situaciones que podrían llevar a un aumento en la cuota mensual del crédito”.
Las entidades financieras deberían de estar en capacidad de informar y explicar al consumidor que una tasa de interés variable (aumento en la tasa básica pasiva), el cambio en la calificación crediticia (pasar a la peor categoría de comportamiento de pago histórico), aumento del tipo de cambio, quedar en mora por cierto tiempo determinado o desmejoramiento de la garantía (bien dado en garantía cae en abandono), puede acarrear un aumento en la cuota de un crédito.
Asimismo, si el crédito incorpora límites a las variaciones de la tasa de interés, como son las cláusulas de tasa piso y techo, se deberá explicarle al consumidor en lenguaje sencillo y utilizando ejemplificaciones la forma en la que operan, y no solo de informar de su existencia.
La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia ha indicado en reiteradas ocasiones que, debido a la desproporción que existe en las relaciones de consumo, las entidades financieras son las llamadas a informar y explicar cada una de las circunstancias que pueden significar un detrimento en los intereses económicos del consumidor.
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*Abogado de la Oficina del Consumidor Financiero