Los legisladores de la Comisión de Asuntos Económicos le dieron trámite al proyecto de ley de regulación de plataformas de transporte.
No obstante, son claros: la bronca de taxistas y conductores de plataformas como Uber, Didi e InDriver quedará en manos de los diputados que asumirán funciones a partir del 1 de mayo.
Con 6 votos a favor y 6 en contra, dicho foro legislativo dictaminó un texto sustitutivo al expediente 21.587, el cual plantea una serie de medidas respecto al transporte remunerado de personas.
¿QUÉ DICE EL TEXTO?
Uno de los primeros puntos señalados en el texto aprobado por mayoría es la creación de un Fondo Especial de Servicios de Transporte Remunerado de Personas, el cual servirá para indemnizar a los miembros del gremio de taxistas.
El 80% de los recursos obtenidos se destinará a la Fuerza Roja y el 20% restante será para gastos operativos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Los recursos para dicho financiamiento se tomarán de la inscripción y renovación que deberán pagar las empresas de transporte cada cuatrienio (ver recuadro).
REQUISITOS PARA VEHÍCULOS
El nuevo texto contempla que las plataformas deberán presentar una serie de requisitos para operar, entre ellos contar con el título de propiedad del vehículo, derecho de circulación vigente, póliza de seguro y además el modelo del carro no podrá ser mayor a 10 años de fabricación.
En el caso de los vehículos eléctricos o cero emisiones el año de fabricación para prestar el servicio no podrá ser mayor a 12 años.
Otro punto señalado es que la capacidad máxima debe ser de 7 pasajeros, según lo consignado en el título de propiedad, y las empresas no podrán inscribir más de cinco vehículos que se encuentren registrados a nombre de una misma persona física o jurídica.
Dicha limitación también se aplicará cuando el vehículo se encuentre bajo figuras de leasing, arrendamiento o cualquier modalidad de financiamiento.
También tendrán que contar con la autorización del propietario registral para la inscripción ante la empresa de transporte remunerado.
El cumplimiento de los requisitos es obligatorio y quedarían imposibilitados para brindar servicios de transporte remunerado de personas las motocicletas, triciclos o cuadraciclos.
Además queda prohibido hacer transporte colectivo, entendido como acuerdos múltiples en un mismo servicio. Cada vehículo autorizado podrá estar asociado a un máximo de dos conductores acreditados.
REQUISITOS PARA CONDUCTORES
Los requisitos no solo serán para los vehículos. El texto plantea que las personas que trabajen en plataformas de transporte deberán acreditar que se encuentran inscritas como trabajadores independientes ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), demostrar la inscripción como contribuyente en el Ministerio de Hacienda y aportar hoja de delincuencia que certifique que no posee antecedentes penales.
Además cada uno de los conductores que se acrediten ante plataformas tecnológicas para prestar el servicio de transporte privado de personas deberá encontrarse inscrito ante la CCSS como trabajador independiente.
Los conductores tendrán que cotizar por todos los ingresos efectivamente recibidos, para lo cual la CCSS deberá crear la respectiva categoría de actividad económica, que tendrá una base mínima contributiva, equivalente al 50% del salario mínimo para el trabajador no calificado y un máximo de monto a cotizar de hasta medio salario base.
MÁS
Como si lo anterior no fuera poco, las empresas deberán garantizar la entrega de factura electrónica para cada servicio y establecer sistemas de protección, incluyendo espacios libres de acoso sexual y discriminación para las personas que utilizan el servicio.
Un punto a detallar es que cada empresa establecerá su esquema de precios y además se definió que el servicio de transporte remunerado de personas por medio de plataformas tecnológicas es de carácter privado de utilidad pública.
¿QUIÉN MANDA?
Se establece que el MOPT será la autoridad competente en materia de Empresas de Servicios de Transporte de Personas por medio de plataformas tecnológicas (ESTP).
Asimismo, corresponderá al Consejo de Transporte Público (CTP) la regulación y fiscalización únicamente en lo relativo a la administración del sistema de transporte público integral.
“Este texto genera opciones. El taxista puede acogerse a la indemnización, así como el Estado brindar concesiones. Se establecen regulaciones más parejas. A partir de mociones, se puede empezar a conciliar cuáles son las vías para avanzar en el texto.
Me satisface, después de cuatro años, entregarle algo al plenario. Nunca habíamos llegado hasta acá. Esta propuesta es la primera que establece una indemnización. El 13% que paga el servicio se asignará para la indemnización”, dijo Pablo Heriberto Abarca, diputado de Unidad Social Cristiana (PUSC).
“La comisión logró ponerse de acuerdo. Genera un marco regulatorio. Hubo cuatro textos sustitutivos. Sin duda alguna la regulación les quedará a los próximos diputados. Nosotros tenemos semana y media.
Esto tendrá que recibir mociones, la discusión la llevará la nueva Asamblea. Ellos tendrán que acogerlo, modificarlo o archivarlo”, añadió Roberto Thompson, legislador de Liberación Nacional (PLN).
“No va a beneficiar a los taxistas, ni se equipara la cancha. No apoyaremos este texto. Les pedimos a los próximos diputados que analicen este texto. Hay que garantizar la sana competencia entre taxistas y plataformas”, concluyó Enrique Sánchez, diputado de Acción Ciudadana (PAC).