Los problemas que afectaron a más de 1.000 clientes por el bloqueo del servicio celular ha causado polémica e incertidumbre, sin embargo el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) comunicó que no le compete el tema por ser un asunto de servicio y no de garantía o venta del producto.
La situación con los celulares se dio porque la compañía Claro vendió más de 1.000 teléfonos con sus respectivos planes a un empresario y este los ofreció a una tienda de celulares sin cancelar el contrato con la operadora, por lo cual se bloqueó el servicio y los afectados fueron los consumidores finales.
Los asuntos de regulaciones los debe atender la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) y no la Comisión Nacional del Consumidor, dependencia del MEIC.
“La Comisión Nacional del Consumidor no es competente para conocer la suspensión o bloqueo de las terminales celulares efectuadas por el operador de servicios de telefonía.
La competencia asignada por la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor enmarca su función en torno a asuntos relacionados con las garantías en la compra y venta de terminales telefónicas, por lo que en ningún caso le pueden competer asuntos relacionados con la prestación de servicios, actuación del operador o bloqueos de las terminales ordenados por estos. Asuntos que según las regulaciones sí le competen a la Sutel”, se lee en un comunicado del MEIC.
Cynthia Zapata, directora de Apoyo al Consumidor, comentó que aunque deben aplicarse regulaciones, se tiene que proteger a los usuarios, quienes no tienen la culpa de la situación.