La diputada de Liberación Nacional (PLN) Yorleny León denunció que el legislador del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC) Pedro Muñoz bloqueó una iniciativa que busca el retiro de credenciales a miembros del Poder Legislativo.
La propuesta, discutida en la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Asamblea Legislativa, estaba a punto de ser votada por los congresistas, sin embargo, el socialcristiano le presentó 88 mociones. Según León, dicha medida obstaculiza el proyecto de ley.
“Es lamentable. Ese expediente de ley lleva más de 18 meses de estar en la Comisión y perfectamente el diputado Muñoz pudo haber presentado mociones para hacerle correcciones como él señala o pudo haberme buscado como proponente del proyecto para haber encontrado una propuesta de texto sustitutivo. Las acciones que hemos visto desde la semana pasada en la representación del PUSC es entorpecer cualquier posibilidad para que esta Asamblea pueda regular el tema de pérdida de credenciales”, dijo León.
“En términos de gobernanza, es necesario poder regular este tipo de actividades y que quede claramente establecido en qué contexto un legislador puede verse sometido a un procedimiento que conlleve la perdida de credenciales como diputado de la República”, agregó.
La liberacionista indicó que darán trámite a las mociones y harán lo posible para que la propuesta sea dictaminada afirmativamente y pase a discusión.
“Buscaremos establecer sesiones extraordinarias para poder avanzar lo más que se pueda, entendiendo que a esta Asamblea Legislativa le quedan prácticamente cinco semanas de trabajo. Conocer la cantidad de mociones que ha presentado el PUSC a través de don Pedro Muñoz requerirá un tiempo importante y estamos anuentes a sesionar cuantas veces sea necesario con tal de conocer las mociones, dictaminarlo y pasarlo a manos de los 57 diputados”, dijo.
Un día antes, el legislador Muñoz dijo frente al foro legislativo que la iniciativa se prestaría para “cacería de brujas y juicios políticos”.
“Vemos, en media campaña electoral, como le estamos tratando de prender fuego a la Asamblea Legislativa trayendo conceptos de conducta moral y ética. Este poder de la República está cada vez más devaluado (…) Cada día legislamos con más temor producto de las redes sociales, de la presión de los medios de comunicación y los editoriales”, señaló el rojiazul.
“Si yo no estoy de acuerdo con la agenda del Plenario, ¿no puedo mostrar yo mi insatisfacción no haciendo cuórum en el Plenario? es una manera absolutamente válida de ejercer mi derecho de diputado y quedarme en mi oficina viendo lo que está pasando. Pero entonces, a algún medio le incomoda que como diputado este en contra de la ley de empleo público, entonces hace un escándalo y eso es moralmente tachable. ¡No señor! Yo escojo no ir al Plenario Legislativo e irme a mi oficina a hacer otras cosas y, como diputado, tengo el derecho constitucional. No he faltado a la comisión de jurídicos, pero no me interesa ir al Plenario a hacer cuórum en una agenda en la que no creo ¿Ahora me van a venir a decir que soy tachable moral y éticamente porque me muestro inconforme con la agenda?”, agregó.
El socialcristiano dijo que “existen prejuicios de la prensa y redes sociales en contra de los diputados”.
EL PROYECTO
Más allá de la discusión entre legisladores, el expediente 22.226 tiene por objeto regular el procedimiento y establecer el régimen de responsabilidad que se aplicará a los diputados que caigan en el delito de violación al deber de probidad.
Así, los legisladores estarán obligados a orientar su gestión al interés público, identificar y atender las necesidades colectivas, de manera planificada y prioritaria, además de abstenerse de utilizar su cargo con propósitos privados.
De igual forma, deberán evitar toda clase de actos o relaciones que impliquen un riesgo de corrupción, evitar cualquier posible conflicto de intereses rechazando favores, regalos, dádivas, comisiones o gratificaciones provenientes de sujetos privados o de otros funcionarios públicos.
El proyecto añade que los diputados deberán abstenerse de beneficiar familiares, amigos, socios o a sus empresas, no deberán efectuar o patrocinar trámites, nombramientos o gestiones administrativas para terceros, salvo las que se encuentren estrictamente relacionadas con las funciones propias de su cargo ni aceptar o emitir cartas de recomendación en beneficio de personas o grupos específicos para procurar nombramientos, ascensos u otros beneficios.
MÁS RESTRICCIONES
El proyecto de ley en discusión incluye regulaciones sobre bienes materiales. Así, los diputados solo podrán usar instalaciones físicas, equipo de oficina, vehículos, personal de apoyo y demás bienes y recursos públicos para los fines a los que están destinados y deben tutelar los fondos y recursos públicos, evitando gastos superfluos e innecesarios o cualquier otro acto que implique despilfarro de dichos recursos.
Igualmente, estarían obligados a presentar sus declaraciones juradas en los plazos establecidos en dicha ley y demostrar una conducta moral y ética intachable en el ejercicio de su cargo, entre otros puntos.
SANCIONES
En caso de incumplir lo señalado en el proyecto de ley, los diputados serán responsables por infracciones o violaciones al deber de probidad y el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) determinará la aplicación de la sanción correspondiente, de acuerdo con el mérito del caso y la gravedad de la falta.
Las sanciones se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que pueda recaer sobre la diputada o diputado.
SANCIONES MUY GRAVES
Se aplicaría la pérdida de credenciales y la inhabilitación para ejercer cargos públicos de forma remunerada o ad honorem, de dos y hasta por ocho años en caso de:
– Solicitar, aceptar o recibir de personas, físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, directa o indirectamente, regalos, dádivas, comisiones, premios, donaciones, favores, propinas, gratificaciones, colaboraciones para viajes, aportes en dinero para beneficio propio o de un tercero.
– Cobrar o percibir, por sí o por persona física o jurídica interpuesta, retribuciones, honorarios o beneficios patrimoniales de cualquier índole, provenientes de personas u organizaciones que no pertenezcan a la Administración Pública, incluyendo honorarios o regalías por dar discursos, participar en conferencias o actividades similares.
– Utilizar su cargo para gestionar u obtener beneficio personal o para las empresas que integre, dirija, represente, tenga acciones.
– Gestionar cualquier tipo de favor indebido para sí mismos o para terceros, como trámites, excepciones a requisitos, exoneraciones o condonaciones de precios, tarifas, tasas o tributos.
– Ejercer presiones o influencias sobre otros funcionarios públicos.
– Votar afirmativamente leyes o acuerdos legislativos que los beneficien a ellos, sus cónyuges o compañeros.
– Realizar lobby o incidencia política para favorecer intereses de concesionarios, contratistas, proveedores, oferentes o deudores de la Administración Pública.
– Dirigir, administrar, patrocinar, asesorar, representar o prestar servicios remunerados o no, a personas físicas o jurídicas que gestionen o exploten concesiones de la Administración Pública o que fueren sus proveedores o contratistas.
– Ocultar o simular declaraciones de situación patrimonial o intereses patrimoniales.
La sanción de inhabilitación se podrá aplicar aún después de que la persona haya dejado el cargo por cualquier causa.
SANCIONES
– LEVES (Amonestación escrita)
– GRAVES (pérdida de dieta de un mes hasta tres meses).