Bajo la lupa forense

¿Justicia automática o justicia humana?

Lic. Juan de Dios Blanco Fonseca

Dra. Gabriela Mora Benavides

Psicóloga clínica-forense y victiminóloga forense

Hace dos semanas se tomó una decisión que deja una pregunta incómoda sobre la mesa: ¿La justicia está analizando a las personas o simplemente repite fórmulas?

En un proceso de libertad condicional, una institución dijo que no. ¿La razón? La gravedad del delito. Pero hubo un problema: no se explicó quién es esa persona hoy, después de 24 años de encarcelamiento, ni si realmente representa un riesgo en este momento. Y ahí está el punto clave.

Porque en ejecución de la pena no basta con mirar el pasado. La justicia también debe preguntarse: ¿qué ha pasado con esa persona con el tiempo?, ¿ha cambiado?, ¿cuáles son sus condiciones actuales, su estado de salud, su red de apoyo, sus factores de riesgo reales?

Ante esa omisión institucional, se realizó una evaluación psicológica independiente. Un análisis profundo de los factores de riesgo dinámicos —los que evolucionan con el tiempo— y los factores de protección actuales, centrado en la persona y no solo en el expediente.

La distinción importa. Los factores estáticos —la naturaleza del delito, los antecedentes— ayudan a entender el pasado, pero tienen una utilidad limitada para predecir el comportamiento futuro de quien ha cumplido más de dos décadas de condena y cuyas circunstancias de vida han cambiado radicalmente. Son una fotografía de 2001 aplicada al caso de 2025. Y las personas no son fotografías: son seres que evolucionan, aprenden y se transforman con el tiempo.

Lo relevante —y poco común— es que el Juzgado no se quedó con una sola versión. Decidió escuchar, comparar y valorar criterios técnicos distintos. Una jueza que entendió que la ciencia del comportamiento humano ha evolucionado, y que debía integrar esa evolución en su razonamiento jurisdiccional. Ese es el tipo de magistratura que la justicia penal moderna necesita.

El resultado fue claro: se logró demostrar que el riesgo estaba contenido y que existían condiciones reales para que el sentenciado —un adulto mayor— pudiera continuar su proceso fuera de prisión. Hoy está en su casa, cumpliendo condiciones.

La justicia no puede ser automática

Y los datos lo confirman. En Costa Rica, más de 10.000 solicitudes de libertad condicional han sido rechazadas en los últimos años, representando cerca del 71 % de los casos tramitados, mientras apenas un 1,6 % logra ser aprobado.

Esto obliga a una reflexión seria: ¿se están analizando realmente las condiciones actuales de cada persona, o se están aplicando criterios generales sin suficiente individualización? Porque el principio de individualización de la pena no es una aspiración retórica. Es una exigencia jurídica concreta, consagrada en nuestra Constitución y en los estándares internacionales de derechos humanos que Costa Rica ha suscrito. Significa que cada persona debe ser tratada como lo que es: un individuo único, con una historia particular y un potencial de futuro que no puede determinarse consultando únicamente el tipo penal por el que fue condenada.

Cuando la justicia se vuelve masiva y repetitiva, corre el riesgo de perder su esencia. No puede limitarse a repetir criterios sin analizar a la persona. Cuando eso ocurre, deja de ser justicia y se convierte en trámite.

La evidencia criminológica internacional también aporta datos relevantes: la curva del comportamiento delictivo declina significativamente con la edad. Las personas mayores de 60 años presentan probabilidades estadísticas de reincidencia considerablemente menores. Y los sistemas que han incorporado evaluaciones individualizadas del riesgo no registran aumentos en los índices de reincidencia; al contrario, los programas de supervisión comunitaria bien diseñados producen mejores resultados que el encarcelamiento prolongado.

La verdadera justicia es la que piensa, la que cuestiona y la que reconoce que las personas pueden cambiar. Porque detrás de cada expediente hay una historia, pero también una evolución que el sistema tiene la obligación de comprender.

Y es precisamente ahí donde la psicología clínica-forense deja de ser un complemento y se convierte en una herramienta indispensable: no para reemplazar el juicio judicial, sino para enriquecerlo. Para que la decisión sea más informada, más justa y, verdaderamente, humana.