Un proyecto de ley bajaría impuestos a empresas privadas que contraten personas mayores de 55 años. Dicha deducción sería escalonada entre 5% a 60% de renta bruta adicional a lo efectivamente pagado.
En términos llanos, entre mayor sea la persona, más se estaría bajando del tributo a los patronos (ver recuadro).
Del mismo modo, se deducirían del impuesto sobre la renta sumas adicionales del monto que paguen por los salarios, sobresueldos, bonificaciones, gratificaciones, regalías, aguinaldos, obsequios y cualquier otra remuneración por servicios personales efectivamente prestados por personas de 55 años o más.
La iniciativa es impulsada por la diputada del Partido Liberal Progresista (PLP) Johanna Obando.
“El apoyo a los trabajadores de edad avanzada es importante por varias razones. En primer lugar, las personas mayores tienen una gran experiencia y conocimientos que pueden ser valiosos para las empresas. En segundo lugar, la participación de las personas mayores en el mercado laboral puede ayudar a mitigar la escasez de mano de obra calificada. Además de los beneficios económicos, el apoyo a los trabajadores también puede tener beneficios sociales. Por ejemplo, puede ayudar a las personas mayores a mantenerse activas y saludables, a sentirse más valoradas y a contribuir a sus comunidades”, sostiene la legisladora.
“La concesión de incentivos fiscales a empresas que contraten a personas de 55 años o más se justifica como una medida alineada con los objetivos de la agenda 2030 sobre el trabajo decente y crecimiento económico, así como la reducción de desigualdades (…). El incentivo fiscal ayudará a las empresas a aprovechar el talento de las personas mayores y contribuirá al acceso al trabajo para dicha población”, añade.
DATOS
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en el tercer trimestre de 2023 la fuerza de trabajo se concentró en los grupos de edad de 35 a 44 años (603.000 personas) y 45 a 59 años (614.000 personas), entre estos dos grupos etarios se aglutina el 52,1 % del total de la fuerza de trabajo.
Por otra parte, datos extraídos de un informe de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) comentan que personas entre las edades de 45 a 64 años conforman alrededor del 40% de la población apta para trabajar en los países miembros de dicha organización, pero no encuentran empleo a nivel local.
LEY PREVIA
Cabe recordar que, en 2021, se publicó la Ley 10.079, la cual señala que los patronos que demuestren, según calificación emitida por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), que del total de su planilla al menos un 10% corresponde a trabajadores mayores de 45 años, pagarán 4% al Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf) sobre el total de los sueldos y salarios que cancelen mensualmente.
Sin embargo, si del total de la planilla el patrono demuestra que existe, al menos, un 20% de trabajadores mayores de 45 años, el porcentaje a erogar sobre el total de los sueldos y salarios que se paguen mensualmente a esos trabajadores mayores del límite etario fijado en este artículo será del 3%.
La misma ley, que se encuentra vigente en este momento, aplica un deducible de 5% en la declaración del impuesto sobre la renta a las empresas privadas que contraten a una cantidad de personas mayores de 45 años que constituya un 10% de su planilla reportada ante la Caja.
Este porcentaje podrá incrementar al 7%, si las personas de ese grupo etario contratado constituyen un 20% del total de planilla.
No obstante, dicha ley tiene una vigencia de cuatro años desde su publicación. Es decir, caduca en octubre de 2025.
¿CÓMO SE APLICARÍA?
Estos son algunos ejemplos de cómo se aplicaría la reforma.
• Por una persona de 55 años, la deducción sería de 5% adicional a lo pagado.
• Por una persona de 57 años, la deducción sería de 15% adicional a lo pagado.
• Por una persona de 58 años, la deducción sería de 20% adicional a lo pagado.
• Por una persona de 60 años, la deducción sería de 30% adicional a lo pagado.
• Por una persona de 65 años, la deducción sería de 55% adicional a lo pagado.