CONSULTA: Estimado licenciado yo he tramitado varios desahucios, muy pocos porque tengo buenos inquilinos. Todo esto ha sido relativo a unos locales comerciales que tengo yo en mi pueblo. Ahora tuve que presentar un desahucio por un pequeño apartamento que han dejado de pagar tres meses y el abogado me dice que el juzgado le pidió un avalúo de la propiedad. No comprendo si es que cambiaron la ley. Me gustaría que me explicara.
RESPUESTA: Efectivamente, tanto el juzgado como su abogado deben de seguir las disposiciones de desahucio sobre vivienda. Le aclaro que hay dos trámites de desahucio, uno para vivienda de interés social, y otro para vivienda de más valor. Por lo tanto, el avalúo se hace necesario para demostrarle al juzgado que no se trata de una vivienda de interés social.
El valor que incluye la casa de interés social es de menos de 48 salarios mínimos. Si el valor de la vivienda alquilada supera esa suma se tramita el desahucio común y corriente y el valor límite de las casas de interés social actualmente es de alrededor de 9 millones.