Muchas son las dudas sobre lo que debe decir la carta que emiten las empresas para que sus trabajadores puedan circular durante la restricción vehicular sanitaria diurna y nocturna, aspecto que llevó al gobierno a establecer un machote.
Se trata del decreto ejecutivo 42294-MOPT-S, firmado por Carlos Alvarado, presidente de la República; Rodolfo Méndez Mata, ministro de Transportes; y Daniel Salas, titular de Salud.
El artículo 5 del decreto, sobre demostración para la aplicación de excepción, se lee la obligación de acreditar o demostrar la invocación de excepción correspondiente, “dicha comprobación deberá darse ante la autoridad de tránsito mediante la presentación del carnet institucional o empresarial, así como mediante constancia laboral emitida por la persona empleadora”.
1.Nombre del trabajador,
2.Número de cédula,
3.Horario de jornada laboral
4.Domicilio de la persona
5.Nombre de la empresa donde trabaja.
6. Ubicación del lugar de trabajo,
7.La excepción invocada
8.Número de placa del vehículo
9.Firma del encargado de elaborar la constancia.
En el caso especial donde un trabajador es llevado a su lugar laboral se debe consignar los datos del conductor y el número de cédula.
Aquellas personas que trabajan de manera independiente deben presentar un documento que respalde sus labores y donde se presenten los datos posibles mencionados anteriormente.
“Las excepciones establecidas se aplicarán las 24 horas del día y para todo el territorio nacional, las personas trabajadoras estarían exentas el día que tengan restricción, siempre y cuando presenten la carta que justifique su jornada laboral”, apuntó Michael Soto, ministro de Seguridad Pública.