La Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP) corre para frenar la ley de empleo público que entrará en vigor el próximo 10 de marzo.
Incluso, consideran presentar un recurso ante Sala Constitucional para frenar la Ley N.º 10.159, la cual consideran “inconstitucional”.
DIARIO EXTRA conversó con Albino Vargas Barrantes, secretario general del sindicato, quien señaló que “todas las opciones están sobre la mesa” para traerse abajo la ley que crea un solo régimen de empleo para los funcionarios públicos, además de distintos mecanismos de valoración del trabajo.
Del mismo modo, consideró que la ley crearía una “anarquía institucional”.
“Es una decisión tomada. Presentaremos el recurso contra la ley de empleo público. Esta decisión la tomamos luego de un análisis jurídico y consultas a especialistas en derechos humanos. Estamos preparados para presentarlo (el recurso) en los próximos días”, dijo el sindicalista al Periódico de Más Venta en Costa Rica.
“El déficit fiscal nunca ha sido responsabilidad de los salarios que se pagan en el empleo público. ¡Eso lo dijimos siempre! Estamos de cara ante una situación compleja y los empleados públicos siempre se convirtieron en los patos de la fiesta. La idea que llevamos no solo es que la Sala IV admita la acción, sino que suspenda la puesta en práctica”, agregó.
Vargas dijo que, en caso de que se implemente la ley de empleo público, “puede venir con trampa”, ya que, hoy en día, se desconocen los alcances de la reglamentación que se debe implementar a partir de marzo.
Del mismo modo, indicó que hay una gran inseguridad tecnológica sobre cómo las plataformas de pago de salarios pueden afectar a los funcionarios del Gobierno central.
“Nadie sabe que traerá el famoso reglamento de la ley y existe el temor de un caos informático que afecte el sistema de pagos Integra y miles de personas del sector público se queden sin recibir pagos”, dijo Vargas.
“El presidente Chaves dijo en campaña: ‘Esa ley es un adefesio jurídico’. Efectivamente, los análisis jurídicos que se hicieron demuestran una serie de inconstitucionalidades. Atropella derechos adquiridos. Esa ley es violatoria de derechos humanos. Nadie puede decir en este país que los policías, educadores, trabajadores de los CEN-Cinai son vagos. ¡Eso es una infamia!”, señaló.
Además de la declaratoria de inconstitucionalidad, ANEP pediría a los magistrados que suspendan la entrada en vigor de la ley.
“Habrá una confusión de normas y una guerra interna entre poblaciones laborales. Los empleados públicos serían los más afectados”, concluyó.
LA LEY
El proyecto de ley plantea la creación de un solo régimen de empleo para los funcionarios públicos, además de distintos mecanismos de valoración del trabajo.
Adicionalmente, se establece la figura del Estado como patrono único, la prevalencia del interés general y el principio de participación de la ciudadanía.
Quedan excluidos de la ley los entes públicos no estatales, el Benemérito Cuerpo de Bomberos y personal que desempeñe “funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes”.
Finalmente, se crea un Sistema General de Empleo Público a cargo del Ministerio de Planificación (Mideplan).
Dicha institución se convertirá, así, en el rector del sistema general de empleo en Costa Rica: será el encargado de dictar la política de empleo que regirá para el Estado y sus servidores, siempre respetando la independencia de los poderes, la Constitución Política y la ley.
Igualmente, se considera la existencia de un único régimen de empleo público conformado por siete familias. Los poderes de la República, el TSE y los entes públicos con autonomía de gobierno tendrán sus propias familias, pero estarán diseñadas para aquellos funcionarios exclusivos y necesarios con el propósito de cumplir las competencias dadas por la Constitución Política a dichos poderes e instituciones.
Además, se considera la figura del salario global para todos los funcionarios públicos bajo el entendido de “igual trabajo, igual salario”.
En cuanto a convenciones colectivas, no se podrán negociar salarios, incentivos, pluses, compensaciones o cualquier erogación que afecte el presupuesto nacional o el presupuesto institucional.
Tampoco se podrán crear mediante convenciones colectivas nuevas plazas en el Estado.