Cinco ministros fueron autorizados para resolver resoluciones administrativas referentes a derechos laborales de funcionarios y exfuncionarios, sin la necesidad de que Casa Presidencial los supervise.
Se trata de Édgar Mora de Educación Pública, Michael Soto de Seguridad Pública, Steven Núñez de Trabajo, Giselle Amador de Salud, Rodolfo Méndez Mata de Obras Públicas y María del Rocío Aguilar de Hacienda.
El acuerdo establece delegar la firma del presidente Carlos Alvarado a dichos jerarcas para que ellos puedan resolver resoluciones de casos como cesantías, diferencias salariales, reclamos laborales, problemas relacionados a puestos, entre otros ejemplos.
En Zapote informaron que los ministros también podrán resolver lo relacionado con pensiones sin la supervisión directa de Alvarado o de sus vicepresidentes, en caso que se encuentren sustituyéndolo.
Eso sí, en Casa Presidencial establecieron que cuando se trate de resoluciones que superen los ¢30 millones, sí deben pasar por las manos del mandatario.
La medida quedó en firme el martes 10 de julio y se trata del acuerdo Nº027-P.
“Históricamente hay decretos de delegación de firmas por parte del presidente de la República y por parte de los ministros, donde se establecen unas reglas y unos umbrales”, explicó Rodolfo Piza, ministro de la Presidencia.
Sobre la posibilidad de despilfarro en dichas carteras, Piza dijo que es un voto de confianza, tal como lo establece la Constitución Política.
“La responsabilidad según la Constitución corresponde en primer lugar al señor o la señora ministra y el Poder Ejecutivo interviene cuando en el ámbito de su competencia se requiere la firma no solo del ministro, sino del Presidente”, aseguró.
Cabe señalar que tanto en el gobierno de Laura Chinchilla como en el de Luis Guillermo Solís se procedió a delegaciones de firma, pero de una forma distinta.
Marvin Carvajal, jefe del Grupo de Apoyo Legal de la Presidencia recordó que en el caso de Solís se le delegó la firma del entonces Presidente a los ministros de Seguridad y Trabajo para que resolvieran temas relacionados a resoluciones laborales. La diferencia además era que el tope era de tan solo ¢15 millones.
Por su parte, revisando los acuerdos de Chinchilla se encontró un acuerdo para delegar su firma a un proveedor institucional de Casa Presidencial para que realizara actos como adjudicación, revocación, readjudicación, declaratoria de deserción, infructuosidad e insubsistencia hasta por un monto de ¢3 millones.
También se le delegaba la firma a este funcionario para los procesos de contratación administrativa por el mismo monto.