Se aprobó una ley para bajar el costo de las tarifas marítimas, pero irá en beneficio de aquellos que importen contenedores valorados en $1.500 o más y depende de la región de dónde se traiga la mercadería (ver recuadro).
Germán Morales, socio de impuestos de Grant Thornton Costa Rica, manifestó que el flete queda como un valor prestablecido a partir del pasado 30 de marzo, cuando se publicó la norma en el diario oficial La Gaceta.
Morales dijo que si por ejemplo usted paga $20 mil por flete ese será el gasto sobre el que Aduanas calculará los impuestos de importación.
“Hacienda no tomará el costo del flete de la factura, sino el valor fijo que establece la ley. Es para todos los fletes de importación, no establece preferencias para nadie, pero si el flete es menor a los $1.500 el importador no se va a beneficiar con este sistema si por ejemplo importó de Europa. A la gente que importa al menudeo esto no lo beneficia”, explicó Morales.
La idea con esta ley es que el precio de los productos importados no crezca tanto, pero también se debe tomar en consideración que hay otros factores que pesan en la ecuación como el tipo de cambio. La norma es transitoria y solo estará vigente por un año.
Entretanto, la Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica y de Representantes de Casas Extranjeras (Crecex) aplaudió que se haya logrado poner en vigencia dicha ley.
Esto porque busca mitigar el efecto nocivo sobre las importaciones nacionales del alza sistémica de tarifas marítimas de movimiento de carga en ciertas rutas logísticas internacionales.
La Ley N°10162 autoriza un ajuste temporal de la base imponible de los bienes de importación por la vía marítima, durante un plazo de un año exacto a partir de la entrada en vigencia de la presente normativa.
RESOLUCIÓN DE ADUANAS
En ese sentido, los importadores de mercancías, consolidadores de carga internacional, transportistas, agentes aduaneros y demás auxiliares de la función aduanera podrán consignar en sus declaraciones, como valor de flete para efectos del cálculo impositivo, el promedio de ese valor según los costos existentes entre 2017 y 2019 que servirán de referencia según la tabla consignada en dicha ley.
A su vez, el mismo miércoles 30 de marzo la Dirección General de Aduanas publicó la Resolución de Alcance General RES-DGA-097-2022, mediante la cual se emiten lineamientos específicos para la aplicación de la Ley N°10162 por parte de los auxiliares de la función pública aduanera. Aplica para las mercancías que ingresen por vía marítima, con destino a Costa Rica, en contenedores o como carga general, declaradas de puerto a puerto y que sean destinadas a algún régimen aduanero. José Antonio Salas, presidente de Crecex, dijo que tanto la ley como la resolución dan certeza jurídica a los importadores nacionales y generan un marco de operación más consciente.
Añadió que así se enfrentan los embates de una dinámica y realidad compleja que ha golpeado la totalidad de la cadena de suministro mundial y el ecosistema logístico nacional.