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Las ventas ambulantes de comida se han multiplicado en las calles de San José, sin que las autoridades municipales o sanitarias logren contener su avance.
En aceras, esquinas y paradas de autobús, decenas de puestos informales ofrecen mangos, “cosa de horno”, quesillo, pichingas de refresco o cualquier otro insumo, sin condiciones adecuadas de refrigeración, limpieza o manejo seguro.
Lo anterior, a pesar de que la Ley General de Salud prohíbe este tipo de comercio.
Marcelo Solano, director de la Policía Municipal de San José, señaló que, durante operativos, han encontrado comida en alcantarillas, caños o incluso, botaderos de basura. Asegura que el fenómeno se expande con rapidez y a cualquier luz del día, en cualquier punto de la capital.
“Hemos encontrado que algunos alimentos los esconden debajo de alcantarillas o que tienen en baldes expuestos durante horas a la contaminación. También hemos encontrado comida preparada expuesta en bandejas plásticas, en bolsas de basura reutilizadas, almuerzos en sacos, metidos en jardineras y en una ocasión, vimos que los escondían en un botadero de basura. Lo hacían para evitar para esconderla. Posterior a la intervención policial, la agarraban y comercializaban como si nada”, señaló.
Otros alimentos también son colocados en la red pluvial, debajo de las banquetas o en parada de autobuses.
“Hay otros casos concretos: Al menos dos personas estacionaban su vehículo, montaban una plancha de cocina, un tanque de gas y ahí preparaban pinchos. Eso pasa mucho en las cercanías del Estadio Nacional cuando hay partidos de futbol. Otro caso particular es el de una señora que, de la cajuela de su carro, vendía arroz con carne, arroz con pollo ¡El carro prendido y con gas abierto! ¡Imagínese el riesgo! El monóxido de Carbono, la contaminación de la calle, pero ahí empacaba la comida y la distribuía”, agregó.
Los principales focos de ventas están alrededores de Correos de Costa Rica, Avenida Central, Parque La Merced, Bulevar de la Avenida 4 y alrededores de los principales mercados capitalinos.
A ello se suman una gran cantidad de sodas y restaurantes que procesan alimentos con cocinas muy deterioradas, almacenamiento en condiciones deficientes o en algunos casos, personas sin carné de manipulación de alimentos.
Posteriormente, algunos de esos son distribuidos en las calles.
La mayoría de los vendedores son de origen nicaragüense, venezolano y haitianos. Solano aseguró que, para la Policía Municipal, el tema es de salud pública porque dichos productos representan un peligro para la vida humana.
No obstante, “no dan abasto” para atender la situación. Asegura que son solo 427 funcionarios y que como mínimo necesitan 1.000.
Riesgo latente
Carolina Chaves, vocera del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos, y Profesora Catedrática de la Facultad de Microbiología de la Universidad de Costa Rica (UCR) señaló que tanto el Ministerio de Salud como las municipalidades deben velar por las condiciones de distribución de alimentos.
“Existen ventas que no están avaladas por ninguno de estos dos entes y ahí (hay un) riesgo. La posibilidad de enfermarse con alimentos frescos como ensaladas de frutas, ceviches u otros es mucho mayor que con un alimento empacado. Si la persona no ha recibido capacitación en el manejo de alimentos, puede cometer errores que lleven a la contaminación de los alimentos”, explicó.
¿Qué dice Salud?
Diario Extra intentó tener una reacción del Ministerio de Salud, sin embargo, se indicó que Mary Munive se encontraba en la Reunión Ordinaria del Consejo de ministros de Salud de Centroamérica y República Dominicana (Comisca) por lo que podría abordar consultas hasta la próxima semana.
¿Qué dice la ley?
Artículo 218, Ley 10126:
• Queda prohibido el establecimiento de puestos fijos o transitorios de elaboración o venta de alimentos en calles, parques o aceras, u otros lugares públicos, con excepción de las ventas en ferias debidamente autorizadas, de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes.
• Se autoriza la venta de alimentos en calles, parques o aceras, u otros lugares públicos, a aquellos establecimientos comerciales que, además de la patente y/o licencia municipal, cuenten con la autorización municipal para el desarrollo de la actividad comercial en estos espacios, de conformidad con la Ley de Comercio al Aire Libre.