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En redes sociales existen muchas dudas:
¿El proyecto que busca prohibir que dos hombres viajen en una motocicleta es o no Ley de la República?
No, este proyecto aún no es Ley de la República.
Acá le explicamos las razones:
Esta semana, el Diario Oficial La Gaceta publicó el proyecto de ley que pretende prohibir que dos personas viajen en una motocicleta como medida para reducir los homicidios y combatir el sicariato.
Lo que sucedió fue que el pasado 6 de marzo la Comisión de Seguridad y Narcotráfico dictaminó la iniciativa, por lo que La Gaceta con su publicación lo que hizo fue seguir el proceso habitual cuando una iniciativa es dictaminada en una comisión legislativa.
Es decir, cualquier proyecto dictaminado por los diputados tiene pendiente su divulgación en este medio oficial.
Por lo que la respuesta es que no, este proyecto aún no es Ley de la República.
Caso contrario, le espera un largo recorrido en la corriente legislativa para convertirse en Ley del Estado.
Dicha publicación confundió a muchas personas, pero el texto solo siguió un trámite legislativo.
Posterior al dictamen en comisión, a este le espera un largo trayecto en el Congreso:
También se puede presentar un escenario adicional, posterior al primer debate de la iniciativa:
Únicamente si los magistrados de la Sala IV declaran el proyecto sin vicios de inconstitucionalidad, se puede proceder a la votación en segundo y último debate.
Se trata del expediente 24.137, “Reforma a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N.° 9078 del 4 de octubre de 2012, para establecer medidas de seguridad temporales en el uso de motocicletas”, presentado por el diputado de la Unidad Social Cristiana (PUSC), Alejandro Pacheco.
El cual pretende restringir ciertos horarios para que las personas que conducen motocicletas viajen con un acompañante masculino.
También se plantea que la medida se implemente en “puntos calientes”, es decir, donde ocurren crímenes, y no en todo el país.
La prohibición no aplicaría cuando los acompañantes son:
El expediente ya dictaminado debe ingresar a la orden del día de la Asamblea Legislativa.


