La madre del niño Benjamín Paolino Navarro y sus abogados presentaron una coadyuvancia a un recurso de hábeas corpus presentado ante la Sala Constitucional en beneficio del menor, con la firma de 7.000 personas que apoyan el recurso de la mujer.
Con esta coadyuvancia pretenden que se declare sin efecto la sentencia del Tribunal de Familia en que se acoge la solicitud de restitución internacional presentada por el padre del pequeño a finales del año pasado.
LOS HECHOS
DIARIO EXTRA tiene copia de parte del expediente en que el progenitor de Benjamín indica que doña Adriana Navarro Venegas, madre del menor, habría sacado de forma ilegal a su hijo.
El pequeño de 4 años nació en Uruguay, pero es costarricense por parte de la mamá, incluso cuenta con pasaporte tico.
El niño vivió en el país sudamericano con sus padres hasta febrero de 2020, cuando la mujer decidió abandonar dicha nación en busca de tranquilidad y brindarle a su hijo un ambiente de paz.
El documento indica que el hombre de apellidos Paolino de Souza mantiene una orden de alejamiento de Navarro Venegas a no menos de 1.000 metros de radio debido a violencia intrafamiliar.
Ante esto ambos adultos iniciaron un proceso de divorcio en el cual el hombre habría consentido que el niño viviera en Costa Rica con su mamá, por lo que firmó el permiso de salida de Uruguay.
Incluso, defensores de la mujer indicaron que Paolino solicitó reducir el monto que debía cancelar por concepto de la manutención, ya que tenía que invertir dinero anualmente para viajar y visitar a su hijo.
Ante esto Paolino, quien es militar de Uruguay, presentó la solicitud de restitución internacional, ya que indica la madre del chiquito lo sacó del país sin su autorización mientras trabajaba en una misión.
SENTENCIAS
Dicho proceso legal que se realizó en el país con el expediente 20-000451-0673-NA-4 tuvo una sentencia de primera instancia en que se declaró sin lugar la solicitud de restitución internacional del menor.
Esto de conformidad con el artículo 26 del Convenio sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Pese a esta primera sentencia, el papá de Benjamín decidió apelar la resolución. Con esta impugnación se dictó un nuevo por tanto por parte del Tribunal de Familia encargado del caso.
Dicha resolución dictó que revocaba la primera sentencia interpuesta y en este caso se acogía la solicitud del denunciante, por lo cual el niño deberá volver a Uruguay.
Dicho mandato judicial no obliga a la mamá a separarse de su hijo, sino que él deberá estar en dicho país hasta que otro ordenamiento jurídico así lo determine.
El Tribunal de Familia dejó en manos del Patronato Nacional de la Infancia el traslado pacífico del pequeño a la mencionada nación.
Por lo tanto los abogados de la mujer interpusieron un recurso de hábeas corpus con la intención de que se evitase el traslado del niño, sin embargo este fue declarado sin lugar con votos salvados de dos magistrados, quienes alegaron se debe considerar la opinión del chiquito y sus deseos.
“Por mayoría se declara sin lugar el recurso. El magistrado Castillo Víquez y la magistrada Hernández López ponen nota. El magistrado Rueda Leal y la magistrada Picado Brenes salvan el voto y declaran parcialmente con lugar el recurso solo respecto a Tribunal de Familia, en cuanto a la vulneración al instituto del interés superior del niño y su derecho a ser escuchado y su opinión sea valorada”, menciona el por tanto del recurso.
Dicha coadyuvancia ante la Sala Constitucional es el último intento para evitar el traslado de Benjamín.