36 instituciones desobedecen orden de no alquilar en dólares

Un 44% de los alquileres del Estado se paga en dólares, lo cual contraviene una directriz de gobierno, que había ordenado empezar a negociar en colones por los vaivenes del tipo de cambio.  La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda encontró que estos contratos representan un costo anual […]

Las agujas y catéteres son el principal producto de exportación.

Un 44% de los alquileres del Estado se paga en dólares, lo cual contraviene una directriz de gobierno, que había ordenado empezar a negociar en colones por los vaivenes del tipo de cambio. 

La Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda encontró que estos contratos representan un costo anual que va en ascenso.

Entre las instituciones que estarían incumplimiento la Directriz 85-H se encuentran los ministerios de Educación Pública, Hacienda, Seguridad Pública, Obras Públicas y Transportes, Salud, Justicia y Paz, Consejo de Transporte Público (CTP) e Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). 

Otras entidades son el Poder Judicial, Banco Nacional, Patronato Nacional de la Infancia, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el Banco de Costa Rica, el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), el Banco Central, la Promotora de Comercio Exterior, Fuerza y Luz, Consejo Nacional de Producción, Junta de Protección Social, Superintendencia de Telecomunicaciones. 

En la lista actualizada a setiembre del presente año aparecen además la Operadora de Pensiones Complementarias y de Capitalización Laboral de la Caja (OPC), la Municipalidad de Curridabat y la de Santa Ana, entre otras. 

El Ministerio de Hacienda está recomendando a las administraciones activas que a la hora de gestionar prórrogas de contratos que actualmente se encuentran suscritos en dólares se formalicen en colones.

 

DEBEN RENEGOCIARSE EN COLONES 

 

Lo anterior en apego al artículo 2º de la Directriz Nº003-H (2018), el cual indica que los contratos de alquileres que deban suscribirse y renovarse se deben hacer en colones y su incremento debe obedecer únicamente a la inflación. 

Esto iría en línea con lo establecido en el artículo 4º de la Directriz Nº85-H del 2017, que en su momento estableció que los contratos en ejecución a la fecha de emisión de la norma debían finalizar en los términos y condiciones pactadas, y que para efectos de prórroga debía renegociase el monto del alquiler en colones. 

Otro de los hallazgos es que hubo una leve reducción de un 5% en la cantidad de contratos suscritos en dólares con respecto al 2021, pero hubo un incremento significativo en el monto de los contratos de un 418%. 

Se señala al Ministerio de Seguridad Pública por el alza al tener contratos anuales. 

De las 81 instituciones que manifestaron tener contratos vigentes, al menos 254 estaban en moneda extranjera, lo cual presenta un 24% del total y el 70,8% corresponde únicamente a la provincia de San José. 

En el caso de las entidades del sector público solo 19 contratos se asocian a un monto anual de $148 mil, que representa el 84,68% del monto total de los contratos reportados en moneda extranjera.

 

POR SITUACIÓN DE LAS
FINANZAS PÚBLICAS

 

En lo que respecta a los poderes de la República, estos ocupan el segundo puesto en cuanto a montos totales de contratos de alquiler. Se mencionan más de $12 mil únicamente para el Poder Judicial. 

Si bien, de momento el tipo de cambio se ha mantenido estable, lo cierto es que este año llegó a rozar los ¢700 por dólar y eso implica que cada vez que suba el Estado deba desembolsar más dinero para hacer frente al ajuste de precio. 

La Directriz N°085- H se justificó en la difícil situación de las finanzas públicas y la necesidad de ordenar, racionalizar y emitir criterios normalizados en punto a las contrataciones de alquileres de edificios y terrenos del sector público costarricense.

“Que sin perjuicio del principio de libre concurrencia en materia de contratación administrativa, el Estado como responsable de la tutela del interés común debe velar por que los recursos asignados al gasto público en materia de alquileres de edificios y terrenos responda a la satisfacción del interés público, así como a la formación de mercados y precios, respetando la moneda de curso legal, que es el colón costarricense”, indica la norma.

 

 

¿QUÉ DICE LA DIRECTRIZ?

 

Artículo 4°-Para los contratos de arrendamiento de edificios, locales y terrenos que a la fecha de la emisión de la presente Directriz se encuentran en ejecución y fueron pactados en moneda extranjera, deberán finalizar su periodo de ejecución en los términos y condiciones pactadas. Estas contrataciones solamente podrán ser prorrogadas previa renegociación del monto del alquiler en colones costarricenses.

 

Fuente: N°085- H, 2017