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Los contribuyentes del Régimen Simplificado, Rentas de Capital y las Sociedades Inactivas, tienen hasta el 31 de marzo para pagar el timbre de Educación y Cultura, impuesto establecido en la Ley 5923.
Para el cumplimiento de este deber material, la Administración Tributaria dispuso el formulario “184-Formulario de pago TEC personas jurídicas inactivas, RTS y Renta Capital”, que está disponible en la sección de Declaraciones Eventuales en la OVI. El monto a cancelar se determina según el capital neto declarado por medio de la declaración del Impuesto sobre las Utilidades y las tarifas van desde los ¢5.000 hasta los ¢18.000.
Es importante mencionar que este impuesto no requiere de la presentación de una declaración como tal, y que el formulario que se habilitó es para generar el pago, el cual puede realizarse directamente desde la plataforma OVI, o en las instituciones financieras con las que el Ministerio de Hacienda tiene convenio.
Un aspecto a tomar en cuenta es que el incumplimiento del pago de este impuesto implica una multa del 1% por cada mes o fracción de mes, por el plazo transcurrido desde el momento en que debió efectuarse el pago del tributo hasta la fecha del pago efectivo. Esta sanción no tiene reducción; se calcula sobre el monto del impuesto no pagado a tiempo y no puede superar el 20% de esa suma, según se establece en el artículo 80 y 80 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y sus reformas.
Adicionalmente, es necesario considerar que este timbre constituye una obligación anual independiente de otras cargas tributarias, por lo que su pago no se compensa automáticamente con otros impuestos ni se ve afectado por créditos fiscales. En ese sentido, los contribuyentes deben asegurarse de cumplir con esta obligación.
De igual forma, es importante que los contribuyentes conserven el comprobante de pago generado a través de la OVI o en entidades financieras autorizadas, como respaldo del cumplimiento de esta obligación. En caso de dudas sobre el pago de este impuesto contacte a su contador público autorizado.