¢7.250 millones del ROP a la espera de dueño

Dinero pasaría a manos del Estado si no es solicitado

Fecha de publicación:

Fecha de modificación:

Un total de ¢7.250 millones del Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) permanecen sin reclamar desde 2023, debido a que sus dueños fallecieron sin dejar beneficiarios registrados o porque sus familias no han gestionado el trámite. 

La Superintendencia de Pensiones (Supen) advierte que, si no se solicitan a tiempo, esos fondos pasarán a manos del Estado. 

¿Qué hacer si un familiar fallece?

El dinero que una persona acumuló en el ROP durante su vida laboral debe ser entregado a sus beneficiarios si fallece. Para realizar ese trámite, los familiares deben acudir a la operadora de pensiones en la que estaba afiliada.

Según la Superintendencia de Pensiones (Supen), es necesario presentar el certificado de defunción del afiliado, la declaratoria de herederos o testamento, documentos de identidad de los beneficiarios, y formulario de solicitud, que brinda la operadora.

Una vez entregados todos los documentos, y si están en regla, el proceso no debería tardar más de tres meses.

Si ningún familiar realiza el reclamo en un plazo de 10 años desde la fecha del fallecimiento, el dinero pasa automáticamente al Régimen No Contributivo (RNC) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), como lo establece la Ley de Protección al Trabajador.

Estos traslados de fondos ya están ocurriendo. Solo en 2023, el ROP transfirió ¢5.821 millones al RNC. En 2024 se enviaron ¢982 millones más, y entre enero y abril de 2025, se trasladaron otros ¢455 millones.

Para evitar la pérdida de estos dineros, la jueza laboralista Brenda Calvo aconseja que la persona trabajadora tenga todo en orden. Esto va desde designar bien a sus beneficiarios, actualizar sus datos y contarle a su familia dónde tiene sus fondos y con cuál operadora está afiliado. “Muchas veces eso es lo más difícil de encontrar”, dijo. 

¿Qué dice la Ley?

Si después de 10 años desde la muerte del afiliado nadie reclama el dinero del ROP, las operadoras deben transferirlo al Régimen No Contributivo (RNC) de la CCSS.