Jueves 09, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Ministerio Público cuestiona plan para acelerar allanamientos

Texto devuelto a comisión legislativa genera dudas

La Fiscalía considera que la propuesta de ley no ayudará en materia penal.

Un proyecto de ley que pretende fijar plazos y reglas a los jueces para realizar allanamientos genera dudas en el Ministerio Público. 

 

EL TEXTO

 

La iniciativa de ley, que se tramita en la Asamblea Legislativa bajo el expediente Nº.22.836, pretende hacer una serie de modificaciones al Código Procesal Penal para acortar plazos en allanamientos y obtención de pruebas.

 

ALLANAMIENTOS 

 

El primer cambio planteado por el proyecto de ley está vinculado con los allanamientos. 

Así, se indica que cuando se deba realizar una intervención, esta tendrá que hacerse con la presencia de un juez entre las 6 de la mañana y las 6 de la tarde.

Sin embargo, se podrá proceder a cualquier hora cuando el morador o su representante así lo consienta o en casos “graves y urgentes”. 

“Cuando se requiera orden de juez para practicar un allanamiento, presentada la solicitud, la persona juzgadora contará con 48 horas para emitir una resolución en los casos de tramitación ordinaria”, explica el texto de ley. 

En el caso de procedimiento especial de criminalidad organizada o tramitación compleja el plazo máximo de resolución será de hasta 3 días hábiles.

PRUEBAS

 

Otra de las reformas formuladas por el proyecto de ley está relacionada con el anticipo de prueba. 

De esta manera se establecen plazos urgentes y anticipos de pruebas para testigos. 

 “Cuando sea necesaria la práctica de un acto definitivo e irreproductible, que afecte derechos fundamentales o la declaración no pueda recibirse durante el juicio o cuando por la complejidad del asunto, las personas deban abandonar el país (…) el querellante o la defensa, solicitarán al respectivo juez que ordene la anticipación del testimonio”, señala el texto. 

Por otra parte, dicho testimonio podrá ser recibido de forma previa en casos de riesgos para el declarante, cuando haya riesgos para su vida o integridad física, incluso por medios tecnológicos.

Recibida la solicitud, dentro de los siguientes 5 días hábiles, el juez deberá ordenar la diligencia y convocar a las partes y no habría derecho a apelación.

 

CUESTIONAMIENTOS

 

A través de un criterio a la Asamblea Legislativa, el fiscal general a.i. de la República, Warner Molina Ruiz, dijo que el proyecto de ley no es una “herramienta adecuada” para el Ministerio Público.

Mediante el Oficio Nº.FGR 589-2022, el fiscal consideró que se le quita “arrestos a la prosecución penal”, además de que se debilita “la dinámica acusatoria e investigativa del Ministerio Público”.

“Se incluye el famoso cálculo de plazos por días ‘hábiles’, (el cual es un) cómputo pernicioso para la investigación penal en su etapa más embrionaria; con esas propuestas se mata a la criatura antes de que nazca”, sentenció.

Además el fiscal señala que el texto de ley “no logra el objetivo principal” (bajar plazos y acelerar procedimientos), y “repite derogatorias”.

“No le aporta herramientas eficaces ni eficientes al Ministerio Público para que monte una plataforma probatoria de calidad para el juicio. Lejos de promover una moderna prosecución penal, el presente texto incurre en desequilibrios procesales que afectan a todas las partes, tanto a la defensiva como a la acusadora, pero más gravemente a la víctima y a sus pretensiones de tutela”, señala Molina mediante criterio.

“Mientras la Constitución le dice a la víctima que ‘recurra a las leyes’, la propuesta legislativa le quita el acceso material a la justicia penal (…)”, agregó.

 

NEFASTO

 

El fiscal considera que la propuesta ahoga al Ministerio Público en la fase preparatoria o fase de investigación, donde los plazos son “angustiosos” para el investigador y para el acusador.

Finalmente, tachó la propuesta de “nefasta” en materia de plazos y días hábiles.

“Para la delincuencia no hay días libres, feriados, vacaciones, asuetos, Semana Santa ni Navidad. Por lo tanto, tampoco las debe haber para los operadores encargados de hacer cumplir la ley (…)”, concluyó. 

El plan de ley se encuentra en comisión, sometido a modificaciones por parte de los diputados.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Isaac Villalta

EMAIL: [email protected]

Sábado 26 Agosto, 2023

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA