A partir de este viernes, la Ley de Empleo Público entra en vigencia. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) convocó a conferencia de prensa hoy para aclarar los nublados del día sobre la norma, y además posicionar las Mesas de Diálogo Nacional convocadas por el presidente de la República Rodrigo Chaves.
“Vamos a plantear un proyecto de reforma de algunos puntos, no estamos poniendo en entredicho el objetivo fundamental de la ley. Sin embargo, hemos identificado que hay artículos que quedaron imprecisos, eso lo queremos hacer con participación de las partes involucradas, que en corto plazo podamos enviarlo a la Asamblea Legislativa”, externó la jerarca días atrás.
Para la Ministra, algunos de los asuntos que necesitan una revisión incluyen redacción en temas de despido, de permisos y tratamiento que se le da a los tribunales, los cuales presentan confusión.
No obstante, la Ley es adversada por los gremios sindicales y trabajadores estatales, quienes consideran que es “inconstitucional”, viola tratados internacionales en materia laboral y, del mismo modo, generará una precarización en el sector público.
UN SOLO RÉGIMEN
El proyecto de ley plantea la creación de un solo régimen de empleo para los funcionarios públicos, además de distintos mecanismos de valoración del trabajo.
Adicionalmente, se establece la figura del Estado como patrono único, la prevalencia del interés general y el principio de participación de la ciudadanía.
¿A QUIÉNES CUBRE?
Cubre a todos los servidores del Estado, incluido los funcionarios de los tres Poderes de la República, TSE y sectores descentralizados, entiéndase Caja Costarricense de Seguro Social, municipalidades y universidades públicas.
Quedan excluidos los entes públicos no estatales, el Benemérito Cuerpo de Bomberos y personal que desempeñe “funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, que sean exclusivas y excluyentes”.
MIDEPLÁN
La ley recientemente aprobada crea el Sistema General de Empleo Público a cargo del Ministerio de Planificación (Mideplán).
Dicha institución se convertirá, así, en el rector del sistema general de empleo en Costa Rica: será el encargado de dictar la política de empleo que regirá para el Estado y sus servidores, siempre respetando la independencia de los Poderes, la Constitución Política y la ley.
SALARIO ÚNICO
La ley plantea la existencia de un único régimen de empleo público conformado por siete familias. Los Poderes de la República, el TSE y los entes públicos con autonomía de gobierno tendrán sus propias familias, pero estarán diseñadas para aquellos funcionarios exclusivos y necesarios con el propósito de cumplir las competencias dadas por la Constitución Política a dichos poderes e instituciones.
CONVENCIONES COLECTIVAS
En cuanto a convenciones colectivas, no se podrán negociar salarios, incentivos, pluses, compensaciones o cualquier erogación que afecte el presupuesto nacional o el presupuesto institucional.
Dicha medida sería por un periodo de ocho años. Tampoco se podrán crear mediante convenciones colectivas nuevas plazas en el Estado.
SALARIO GLOBAL
Se implementa la figura del salario global para todos los funcionarios públicos bajo el entendido de “igual trabajo, igual salario”.
Cada familia tendrá una escala salarial donde se determinará los sueldos de referencia. Para los funcionarios actuales, las reglas que aplicarán serán las siguientes:
•Si son funcionarios públicos que devengan un sueldo menor al salario de referencia, se les mantendrá su salario compuesto: la remuneración base más pluses y continuarán ganando anualidades.
•Si el salario compuesto alcanza el sueldo global de referencia, podrán ser trasladados al salario global.
•En el caso de los funcionarios públicos que devengan un salario de referencia, se les congelará su sueldo hasta que el de referencia los alcance. En ese momento, serán trasladados a salario global.
PERIODISTA: Sofía Barboza Mora
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Viernes 10 Marzo, 2023
HORA: 12:00 AM