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Nacionales

Corte esquiva resolver sobre trabajadores independientes

Le tira la bola a Asamblea Legislativa, según abogado

  • La Corte Plena conoció el informe de la Sala Constitucional el pasado 7 de noviembre. (Foto: Archivo)

  • Roy Thompson

La Corte Suprema de Justicia se capea resolver una acción de inconstitucionalidad relacionada con el aporte estatal de trabajadores independientes a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). 

Esta aseveración la realizó Roy Thompson Chacón, abogado y licenciado en derecho, quien interpuso una denuncia contra la Sala Constitucional ante la Inspección Judicial por no resolver una acción de inconstitucionalidad sobre el tema. 

Dicha acción fue presentada desde 2018 por Juan Luis León, expresidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica contra el artículo 3 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, así como los artículos 1 y 2 del Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes. 

No obstante, por medio del oficio nº902-2022, la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia notifica el rechazo a la denuncia por considerar que existen asuntos pendientes en la Asamblea Legislativa por resolver. 

 

EL CASO

 

La Corte Plena acordó en la sesión del pasado 7 de noviembre solicitar a la Presidencia de la Sala Constitucional para rendir un informe sobre el atraso de cuatro años en el expediente 18-004106-0007-CO. El máximo Tribunal pidió que el magistrado Jorge Araya García se refiriera al estado actual del caso expuesto, por lo que citó que a la fecha la acción registra 507 intervinientes, 426 escritos, 51 documentos e informes, 437 notificaciones y coadyuvancias que comprenden 536 folios. Indicó que desde 2017 a la fecha se tramitaron otras cinco acciones donde se discute el tema de las aportaciones que se hacen a la CCSS por parte de trabajadores independientes. 

“Este tema de las contribuciones de los trabajadores independientes y asegurados voluntarios a los regímenes de la Caja Costarricense de Seguro Social es de alta y constante atención de parte de las más altas instancias administrativas y de representación política de dicha institución (…). 

De tal manera, lo voluminoso del expediente de esta acción, su relación con las demás acciones de inconstitucionalidad que al respecto se tramitan ante esta Sala y las constantes actuaciones que desde otros ámbitos inciden en el tema concreto objeto de esta acción”, externa el informe de Araya García. 

 

ANÁLISIS DEL ARCHIVO

 

Fernando Castillo, presidente de la Sala Constitucional, acotó que el retraso de la resolución obedece a razones objetivas debido a la complejidad del proceso. 

Subrayó que existe una carga de trabajo considerable debido a que para este año ingresaron 23.833 nuevos expedientes, lo que se espera que para fines de año se tengan niveles históricos dentro del Tribunal. 

Es por esa razón que Castillo solicitó el archivo a la denuncia del abogado Thompson. 

Tras la presentación del informe, la Secretaría de la Corte emitió un informe en el cual no encontró alguna conducta u omisión que se considere como dolo o culpa grave. 

Pidieron considerar cuatro elementos, entre ellos que la Junta Directiva de la CCSS aprobó y emitió un nuevo Reglamento para el Aseguramiento Contributivo de los Trabajadores Independientes, el proyecto de ley 21.434 “Ley de Trabajador Independiente”. 

“Para resolver esta acción, existe la necesidad de que estén los siete magistrados propietarios por la complejidad, por las implicaciones de la resolución, por una cuestión de darle sostenibilidad en el tiempo a la decisión, que el asunto esté integrado por los 7 magistrados dado que se tienen posiciones a lo interno muy diferentes y se requiere que este asunto sea resuelto al menos por los magistrados propietarios. 

En razón de que lo que se defina en este asunto puede poner en jaque la seguridad social o puede potenciar o no la seguridad social de nuestro país”, se lee en el informe de la Secretaría de la Corte. 

Recalcaron que a la fecha se debe dar prioridad a los recursos de Hábeas Corpus y por imperativo humanitario deben darles prioridad a los asuntos de amparo y de salud que precisamente van en incremento. 

Expusieron que con base en eso consideraron que no hay un mérito para iniciar un procedimiento disciplinario y se ordenó el archivo de las diligencias.

 

 

Roy Thompson

 

“La Corte Suprema de Justicia me está contestando que no pueden resolver la acción de inconstitucionalidad presentada hace cuatro años porque están esperando unas modificaciones de la CCSS y una ley que se apruebe en la Asamblea Legislativa. O sea, la última vez que yo entendí el ordenamiento jurídico en el Poder Judicial, se fallaba y se emitía sentencias sobre normas vigentes. La Corte tiene un deber de resolver la acción, la Corte se está capeando la responsabilidad de resolver la acción de inconstitucionalidad que presentaron en una fecha y con una normativa vigente”.

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Jueves 24 Noviembre, 2022

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