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Nacionales

Avanza nuevo texto para jornadas 4-3

Incluiría call centers, agro y turismo en dicha modalidad

El nuevo texto lo impulsa el gobierno y lo respaldan diputados del PLN, PLP, PUSC y PNR

La Comisión de Asuntos Hacendarios acogió un nuevo texto sustitutivo sobre el polémico proyecto de ley de jornadas 4-3.

La propuesta, que pretende reformar cinco artículos del Código de Trabajo, autorizaría jornadas “excepcionales” en actividades vinculadas a manufactura tecnificada, industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animal. 

Caso similar el de centros de llamadas (call centers) y servicios corporativos que por su naturaleza requieran procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas.

El nuevo texto fue generado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). 

En el Congreso fue respaldado por Paulina Ramírez, Sonia Rojas, José Joaquín Hernández (PLN), Pilar Cisneros, Ada Acuña (PPSD), Carlos Felipe García (PUSC), Eli Feinzaig (PLP) y José Pablo Sibaja (PNR). 

“Este nuevo texto nos permite aclarar y poner en la mesa las garantías de nuestros trabajadores, donde nuevas empresas son las que solicitan estas jornadas, empresas que trabajan 24/7, manufactureras, empresas muy técnicas que requieren un recurso humano especializado”, explicó Acuña. 

En contra votó Jonathan Acuña, diputado del Frente Amplio (FA). 

“Creemos que este nuevo texto debe ser consultado ante la Organización Internacional de Trabajo (OIT). Va a haber afectación para las personas trabajadoras”, manifestó el jefe de fracción aurinegra.

 Adicionalmente se incluyó en dichas modalidades a los trabajadores vinculados a los sectores turismo, agricultura, agroindustria, construcción y comercio.

 

¿CÓMO SE APLICARÍA?

 

El nuevo texto señala que podrá aplicarse una “jornada excepcional ampliada diurna o nocturna” de hasta 12 horas con 4 días consecutivos y 3 libres. 

Por otra parte, se contempla, dentro de cada día de trabajo, derecho a un tiempo de 90 minutos para descansos y comidas. 

En el caso de personas que tengan enfermedades podrán solicitar un ajuste de jornada a su patrono. Igual medida deberá tomarse con quienes demuestren tener una condición de cuidador de menores o adultos mayores y no cuenten con una posibilidad de solución.

Lo mismo se aplicaría a quienes demuestren cursar planes de estudios que resulten incompatibles con las jornadas excepcionales ampliadas. 

 

PROHIBICIONES

 

La jornada 4-3 no se podrá aplicar cuando existan de por medio labores pesadas, peligrosas o insalubres, los tiempos de exposición y riesgos ambientales sean especialmente nocivos, exista un riesgo para la salud de los trabajadores. 

Tampoco podrán plantearse en trabajos que exijan un extraordinario esfuerzo físico, labores en que se identifique un riesgo de fatiga por la continua operación de maquinarias, vehículos automotores o similares, con menores de edad, personas embarazadas o en periodo de lactancia.

El patrono no podrá variar unilateralmente una jornada ordinaria de trabajo a una jornada excepcional ampliada y tampoco podrá tomar ninguna represalia contra un trabajador que no quiera laborar 12 horas.

 

PATRONOS

 

El texto obliga a los patronos a otorgar facilidades de transporte cuando por la hora en que se inicie o concluya la jornada los trabajadores no dispongan de transporte público.

Igualmente deberán proporcionar infraestructura y recursos para que los empleados cuenten con áreas adecuadas para el consumo de sus alimentos.

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Asamblea Legislativa

EMAIL: [email protected]

Sábado 13 Agosto, 2022

HORA: 12:00 AM

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