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Opinión

El usufructo se mantiene similar en los últimos siglos

La ley a su alcance

CONSULTA: Quisiera saber sobre un usufructo en la actualidad, ya que las leyes cambian y tenemos un gran problema.

RESPUESTA: El usufructo es una cualidad derivada del derecho de propiedad inmueble. Pude ser que una finca tenga dueño, pero si alguien se la regaló y mantuvo el usufructo, quien puede disfrutar de cosechas, rentas o disfrute en general es el llamado USUFRUCTUARIO. Esa posibilidad del goce de un bien ajeno por medio de derecho derivado de usufructo puede darse de por vida o con un plazo fijo.

Pero también se deja pasar por alto, y ahí está el peligro, que como el usufructo hay que inscribirlo, bien pueden aparecer acreedores del usufructuario y pedir que se anote la demanda ante el Registro y eventualmente puede ser rematado.

Esta figura de usufructo debe inscribirse para que tenga valor para terceros. Se hace en escritura pública, pero también puede dejarse como herencia de un difunto que tomó esa decisión y consta en testamento.

Según la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de manera poco técnica y censurable por la falta de comprensión del legislador, el usufructuario fue cargado con ese impuesto.

El usufructo termina por la muerte del beneficiario del derecho, por la venta y no hay prohibición de hacerlo por cumplimiento del plazo o por renuncia expresa del beneficiario. También por la falta de uso se pierde el derecho, o por desaparición de la cosa sobre la que recae el beneficio. Otra de las características de ese elemento de la propiedad es que puede ser compartido por varias personas y se extinguirá con la muerte del último beneficiario, si se otorgó de por vida. Las regulaciones formales del usufructo están en los artículos 335 a 365 del Código Civil.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Miércoles 10 Agosto, 2022

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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