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Opinión

Identifique cómo gestionar IVA en venta de artículos usados

John Ruiz Segura*

La Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas establece diferentes caminos o rutas para que los contribuyentes gestionen el Impuesto del Valor Agregado (IVA), según su actividad económica. En este artículo hablaremos de la compra y venta de artículos usados.

Para el registro inicial de la actividad de venta de bienes usados en la Administración Tributaria Virtual (ATV) de Hacienda existen varios códigos para inscribirse, una vez que los sistemas en la Administración Tributaria estén reestablecidos.

 

Código.........Descripción de la actividad

523808..........Venta al por menor de repuestos usados para maquinaria, equipo y otros.

523306...........Venta al por menor de antigüedades.

524001...........Venta de todo tipo de artículos usados.

524002...........Casas de empeño y afines.

 

Cuando se vende y compra artículos usados se puede determinar tres rutas para el manejo del IVA en la venta de bienes: 

La Ley introduce un artículo específico para estos casos que es el artículo 31, donde se menciona la venta de bienes usados; en el Reglamento del No. 51 al 56 y la Resolución asociada DGT-R-34-2019. Al escoger una de estas modalidades tiene que permanecer en ese régimen por 2 años. Si un bien está transformado no se considera bien usado. Cabe destacar que pintar o reparar el bien no se considera “transformación”, es decir, no se convierte en otra cosa. El artículo de la Ley que nos interesa es el siguiente: 

 

 “Artículo 31- Régimen especial de bienes usados” 

 

RUTAS: 

*Esquema general: Para el primer caso artículo 31-3.a aplica la forma general de cobrar el IVA y puede hacer el crédito fiscal correspondiente con la aplicación de la regla del prorrateo si hace algunas ventas exentas o a tasas menores al 13%. Solo esta modalidad 31-3.a tiene derecho al crédito fiscal al momento de la declaración.

*Vendedor no es contribuyente: Para el segundo caso artículo 31-3.b Si se compra un bien usado a alguien que no es contribuyente, pero el bien todavía sirve (no es chatarra), el IVA se paga por la ganancia bruta es decir el precio en que lo venda menos el costo de compra por el 13%. 

*Bienes especiales: Para el tercer caso artículo 31-3.c aplica los siguientes cobros específicos de acuerdo al tipo de bien y factor para determinar el IVA: Artículos electrónicos es 0,058; Herramientas manuales y eléctricas es 0,050; Línea Blanca-Electrodomésticos es 0,044; Antigüedades es 0,065.

*Autos usados: En la venta y compra de autos usados no aplica cobrar el IVA porque se pagan los impuestos por el traspaso de bienes muebles. 

*La ropa usada, cocinas y lavadoras usadas importadas: En este caso aplica un régimen diferente, según lo establecen las resoluciones 356-V y la resolución 627-V.

Al igual que otras declaraciones, en el caso la compra y venta de artículos usados, la declaración debe hacerse en los primeros 15 días del mes siguiente, en el formulario 104-2 que tiene una sección para artículos usados. 

Es importante manejar estos conceptos y normativas para todos aquellos que tengan negocios de este tipo. No obstante, lo recomendable es asesorarse con Contadores Públicos Autorizados para ahorrarse dolores de cabeza ante el Ministerio de Hacienda.

*Contador Público Autorizado Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Martes 07 Junio, 2022

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: John Ruiz Segura*

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