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Nacionales

Suspenderían salarios a funcionarios corruptos

Propone iniciativa de ley

La propuesta se tramita bajo el expediente 22.869

 

 

 

Una iniciativa de ley busca que los funcionarios públicos involucrados en actos de corrupción no puedan recibir su salario.
La propuesta, que presentó la diputada Franggi Nicolás, pretende modificar el artículo 78 del Código de Trabajo, a fin de que se suspenda el salario de un trabajador público contra quien se sigue una causa penal por delitos de corrupción y dentro de esta se dicte una medida cautelar que impida la prestación de tareas relacionadas con su puesto.
De igual forma, el proyecto de ley impediría que la persona señalada pueda acudir al centro de trabajo.
“Alcanza las hipótesis en las que se le prohíbe presentarse al centro laboral por no poder acercarse a testigos, a las pruebas o porque puede incidir de alguna manera en la investigación”, explica el texto.
Por otra parte, se obliga que, una vez que la persona sea arrestada, se notifique al patrón bajo cualquier circunstancia con el objetivo de detener el pago.
Adicionalmente las autoridades que tomen una medida cautelar en contra de un funcionario público vinculado en actor de corrupción deberán emitir en un plazo de 4 horas una constancia que notifique al patrón sobre la situación acontecida
En dicho documento se deberá notificar sobre la prohibición de acercarse al lugar de empleo y además la suspensión de salario.
“Tiene razón la gente de sentirse molesta con estas prácticas, o cortamos de raíz la corrupción o perdemos nuestro país. Ante la ola de casos de corrupción las medidas deben ser fuertes y contundentes”, comentó.

¿QUÉ DICE LA LEY?

La sentencia 2014-003966 de la Sala Constitucional estipula que “si hay una razón, ajena a la voluntad de ambos, por la cual el trabajador no puede cumplir con su obligación, la relación laboral se suspende, como dispone el artículo 78 del Código de Trabajo, sin responsabilidad para ninguna de las partes, de manera que tampoco está el patrono obligado a pagar el salario”.
Asimismo explica el órgano judicial superior que durante la prisión preventiva no se paga el salario (imposibilidad de asistir al trabajo) y tampoco se debe pagar durante el plazo de otra medida cautelar que también impida al trabajador asistir, aunque no necesariamente esté privado de libertad.

 

 

 

PERIODISTA: Aarón Chinchilla Carvajal

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Jueves 20 Enero, 2022

HORA: 12:00 AM

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