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Nacionales

Buscan resguardar bienes comprados con fondos de JPS

Según proyecto de ley, se requiere modificar actual normativa

Una iniciativa de ley busca que no se embarguen los bienes que adquieren las instituciones que reciben fondos de la JPS.

Una iniciativa de ley presentada en la Asamblea Legislativa busca reforzar la normativa que establece que aquellos bienes adquiridos con recursos de la Junta de Protección Social (JPS) no se puedan embargar.
De esa manera lo indica el expediente 22.707, impulsado por las legisladoras Shirley Díaz y Patricia Villegas.
Las diputadas describen que los recursos que la institución destina para obras benéficas son destinados a obras específicas.
“Dependiendo de la finalidad o necesidad que pretendan cubrir, ascienden a montos significativos y considerables, pues, por ejemplo, este tipo de necesidad puede ir desde la compra de un vehículo, el mantenimiento de las instalaciones, la compra de equipo y mobiliario hasta la compra de un lote, la construcción de un edificio e incluso en algunos casos la compra del lote y su vez, la construcción de las edificaciones en las cuales se establecerá la sede del programa de que se trate”, justifica el proyecto.

SITUACIÓN

En la justificación del texto se expresa la responsabilidad que tiene la benemérita de velar por que los fondos donados sean correctamente utilizados para los bienes específicos.
“Se estableció en el artículo 11 de la Ley N.º 8718, la calidad de inembargables de los recursos entregados a las distintas organizaciones beneficiarias por parte de la JPS, estableciendo además que existen limitaciones para la disposición de los bienes muebles, inmuebles y de cualquier otro tipo, que se hayan adquirido con recursos institucionales, limitaciones estas que deben constar en las escrituras públicas de inscripción de dichos bienes ante los registros correspondientes y de las cuales estos registros deben tomar nota”, menciona el texto.
MEJORAS

Las congresistas expresan que la ley requiere ser mejorada y determinar no solo 10 años a las limitaciones de embargo, ya que se usaron fondos públicos para adquirir los bienes, por lo tanto no deberían responder por deudas que no haya pagado o procesos judiciales que tenga la organización beneficiaria.
“Tampoco está de acuerdo en que se pueda disponer de los bienes que se hayan otorgado por parte de la JPS con el fin de cubrir incumplimientos por parte de las organizaciones beneficiarias ante terceras personas; dicho de otro modo: lo que se busca es proteger aquellos bienes cuya finalidad es atender las necesidades de los beneficiarios de los programas sociales financiados por la Junta”, explicaron las legisladoras.

PERIODISTA: Mario Taboada

CRÉDITOS: (Foto: Mauricio Aguilar)

EMAIL: [email protected]

Sábado 16 Octubre, 2021

HORA: 12:00 AM

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