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Opinión

Tribunales de Trabajo rinden un servicio público

La ley a su alcance / Lic. Gerardo Morales

CONSULTA: Me despidieron en marzo del 2020 con responsabilidad laboral y a la fecha no me han dado ni un cinco, los “demandé” con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y en el juzgado y se “molestaron”. ¿Qué puedo hacer?

RESPUESTA: Me parece muy conveniente que haya concurrido al Ministerio de Trabajo para reclamar sus derechos, pues al mismo tiempo, seguramente, también le hicieron el cálculo económico de sus prestaciones.

Si el asunto lo llevó al Juzgado de Trabajo, seguramente fue porque el patrono no llegó a la cita del Ministerio.

Pero nadie puede molestarse en el Juzgado de Trabajo porque usted necesite su intervención. Es un derecho de todo ciudadano, según lo establece el artículo 41 de la Constitución Política. En el juzgado, un asistente judicial le debe tomar su demanda, y le hará las preguntas para precisar cuál es su reclamo. Ni siquiera se necesita abogado para demandar. Si ha tenido problema, puede asistir a la Contraloría de Servicios del Poder Judicial de la localidad donde lo atendieron mal, o ubicar la oficina de Defensa Pública o Defensoría de la Víctima, pues el Poder Judicial ha establecido todas estas alternativas para lograr que, a todos, sin miramientos de condición social, se les atienda en sus demandas. También se puede poner una queja en la Inspección Judicial.

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Miércoles 22 Septiembre, 2021

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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