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Opinión

Cobro del IVA en el sector construcción

Opinión

Si está pensando en iniciar una construcción, remodelación o si en términos generales requiere contratar en los próximos días servicios de arquitectura, topografía o de construcción de obra civil, tome en cuenta que a partir del 1 de setiembre le cobran por estos servicios un 4% de IVA.

Esto se debe a que, si bien con la ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas se exoneraron estos servicios, dicho beneficio fue temporal, y pese a que se han presentado diferentes iniciativas en el seno de la Asamblea Legislativa que buscan extenderlo, lo cierto es que, al no haberse aprobado ninguno de estos proyectos, el beneficio llegó a su fin el 31 de agosto.

Es de suma importancia que, si está pensando en iniciar un proyecto de construcción, también considere que esta tarifa del 4% no es definitiva, ya que solo estará vigente de entre el 1 de setiembre de 2021 y hasta el 31 de agosto de 2022, posterior a esto subirá a una tarifa del 8% también por un año y a partir del 1 de setiembre del 2023 se cobrará la tarifa general del 13%, por lo que, durante los próximos dos años nos veremos sometidos a cambios que podrán afectar los precios. 

De igual forma, si usted es ingeniero, topógrafo, arquitecto o maestro de obras, no debe dejar de lado estos detalles, pero sobre todo, debe considerar que para la declaración del IVA del 15 de octubre ya deberá reflejarse el cobro del IVA por los servicios prestados, y de no hacerlo, podría verse sujeto a sanciones impuestas por la Dirección General de Tributación, pero también tiene que considerar que según se establece en la Ley del Impuesto sobre el Valor Agregado, tendrá un tope en la aplicación de los créditos fiscales del 4%, lo cual quiere decir que, pese a que usted adquiera bienes y servicios a la tarifa del 13%, únicamente podrá acreditarse un 4%. 

Finalmente, no está de más aclarar que estas tarifas reducidas aplican de forma exclusiva a los servicios de ingeniería, arquitectura, topografía y construcción de obra civil, prestados a proyectos registrados y/o visados por el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica y que no aplica sobre los materiales de construcción.

 

*Socia de Impuestos y
Servicios Legales Deloitte

 

PERIODISTA: Redacción Diario Extra

EMAIL: [email protected]

Jueves 09 Septiembre, 2021

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Priscilla Piedra*

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