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Nacionales

Denuncian regidor por administración de cementerio

Código Municipal establece prohibición, Puntarenas

Rafael Ángel Soto López, regidor de la Municipalidad de Puntarenas, fue denunciado por presunto incumplimiento de deberes en cuanto a la administración de un cementerio en el distrito de Barranca.
La denuncia, de la cual DIARIO EXTRA tiene una copia, revela que el Código Municipal en sus artículos 13 y 31 prohíbe a los regidores este tipo de funciones.
Indica el documento que el funcionario es el encargado del Cementerio Municipal de Barranca y presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de Barranca.
La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta) abrió una investigación preliminar por el presunto delito de incumplimiento de deberes.
El caso se tramita bajo el expediente 21-000109-1218-PE y se remitió a la Fapta sede Puntarenas para continuar su trámite.
La acusación establece que en el artículo 4 del Reglamento General de Cementerios se estipula que la junta administradora del cementerio se encarga de planificar, dirigir y vigilar el camposanto.
El denunciante, quien pidió conservar el anonimato, indica que la junta administradora no está integrada por vecinos, sino por la Asociación de Desarrollo Integral de Barranca, encargada de emitir los recibos del cementerio y su mantenimiento.
Señala además que no existe un acuerdo municipal de cesión de funciones por parte de la Municipalidad de Puntarenas a dicha asociación.
Al respecto solicitó una investigación sobre el caso y la aprobación del uso de suelo del cementerio, el uso de permisos del Ministerio de Salud, la patente municipal y el pago de cuotas obrero-patronales.

DENUNCIA CONTRALORA

La denuncia también llegó a la Contraloría General de la República el 25 de mayo, específicamente al Área de Investigación para la Denuncia Ciudadana.
Ante el órgano contralor se cuestiona que si Soto López maneja y administra el Cementerio Municipal de Barranca junto con la Asociación de Desarrollo Integral de Barranca, de la que forma parte, habría un presunto conflicto de intereses.
“Como se efectúa la administración en relación con los pagos, contrataciones y reglamentaciones según las normativas existentes, además de no supuestamente existir patentes municipales, si éstas existieren a nombre de quién están registradas las cuotas patronales de los empleados.
También en el bienestar de los recursos que genera el Cementerio Municipal de Barranca, Puntarenas, respetuosamente solicito si realmente existe delito de parte del regidor Soto López y se hagan las denuncias del caso ante las autoridades pertinentes”, indica el documento en manos de la Contraloría.

DIARIO EXTRA trató de localizar al regidor Rafael Ángel Soto López, pero al cierre de edición no atendió nuestras llamadas.

¿QUÉ DICE EL CÓDIGO MUNICIPAL?

Artículo 31
Prohíbase al alcalde municipal y a los regidores:
- Intervenir en la discusión y votación en su caso, de los asuntos en que tengan interés directo, su cónyuge o algún pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
- Ligarse a la Municipalidad o depender de ella en razón de cargo distinto, comisión, trabajo o contrato que cause obligación de pago o retribución a su favor y, en general, percibir dinero o bienes del patrimonio municipal, excepto salario o dietas según el caso, viáticos y gastos de representación.
- Intervenir en asuntos y funciones de su competencia, que competan al alcalde municipal, los regidores o el Concejo mismo. De esta prohibición se exceptúan las comisiones especiales que desempeñen.

PERIODISTA: Greivin Granados

EMAIL: [email protected]

Viernes 30 Julio, 2021

HORA: 12:00 AM

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