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Nacionales

Booking, Airbnb y Expedia no aparecen en lista de Hacienda

Queda en manos de prestadores del servicio cobro del IVA

Estos son los cambios que ha hecho el Ministerio de Hacienda en el cobro del IVA a servicios transfronterizos.

Booking, Airbnb y Expedia ya no aparecen en lista de servicios transfronterizos gravados por el Ministerio de Hacienda. Esto luego de que se hicieran algunas modificaciones en las listas.
DIARIO EXTRA hizo una comparación entre ellas y encontró que cosas que estaban ya no aparecen y otras son nuevas, algo que fue reconocido por Tributación.
Pese a ello, Elián Villegas, ministro de Hacienda fue claro el indicar que si el servicio se brinda en Costa Rica deben pagar el 13 % de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Eso significa que si usted tiene una casa de alquiler y brinda este servicio de hospedaje debe cobrar el IVA y hacer el respectivo trasladó al Ministerio de Hacienda.
“Algunas plataformas como Airbnb, Booking o Expedía se sacaron porque el IVA que se cobra es por el servicio consumido en el país y en la mayoría de los casos el consumo se realiza fuera del país, por lo que se generaban solicitudes de devolución por cobro improcedente. En el caso en que el servicio se prestara en el país el prestador del servicio debe cobrar el IVA por el servicio prestado como cualquier contribuyente normal”, explicó.
Hacienda hizo pública la referencia de los 108 servicios que se planteó incluir en el arranque del sistema y que luego de verificar con las entidades financieras se limitó a 19 donde se concentraba el volumen significativo de transacciones, según manifestaron.
Al respecto, Silvia Castro, socia de impuestos de Moore explicó que en palabras sencillas lo que está haciendo Tributación es dejar en manos de los contribuyentes el pago del IVA por estos servicios (Airbnb, Booking o Expedía) y aclaró que, en caso de que decidieran no hacerlo, estarían cometiendo evasión fiscal. La pregunta que queda es ¿cómo se dará cuenta Tributación?
“Según la explicación de Hacienda, el cobro del IVA en este caso no se retendría al pagar con tarjeta de manera automática como ocurre con los otros servicios, sino que los proveedores del servicio deben retener el 13 % y trasladarlo a Tributación. A lo que explica Hacienda al haberlo incluido en la retención automática se producía que alguien al viajar al extranjero le hacían la retención y luego esta persona reclamaba que el servicio no había sido consumido en Costa Rica y pedían la devolución del dinero, parece que es por eso que lo están excluyendo. Es lo mismo que habría ocurrido con Booking y Expedía”, explicó Castro.

METEN IVA A ONLY FANS Y OTRAS

El Ministerio de Hacienda anunció ayer justamente una variación en los servicios transfronterizos a los que se cobrará IVA. Ahora aparece la plataforma Only Fans, entre otras.
Si usted gusta ver la lista completa puede ingresar al sitio https://www.hacienda.go.cr/contenido/15874-lista-de-proveedores-yo-intermediarios-cuyas-transacciones-se-les-debe-aplicar-la-tarifa-del-13-por-parte-del-emisor-de-tarjeta.
Entre otras se incorporan Wix.com, Datadog, HBO Plus, IBM Control Desk, Softerra, Team Viewer, WhatsUp Gold y Zoho. La mayoría son plataformas utilizadas para la generación de páginas web, antivirus y sitios para la programación.
Los servicios digitales transfronterizos son aquellos que brinda un proveedor no domiciliado en Costa Rica por medio de internet o cualquier otra plataforma digital, que son consumidos en el territorio nacional.
“Dentro de los esfuerzos que realiza el Ministerio de Hacienda y su Dirección General de Tributación por mejorar la recaudación de impuestos, se ha realizado una actualización de la lista de proveedores e intermediarios de servicios transfronterizos, conocidos popularmente como plataformas, y que la Administración Tributaria ha considerado que tienen un movimiento importante y deben pagar el impuesto tal y como está estipulado en la Ley 9635”, dijo el ministro de Hacienda.

71 PLATAFORMAS EN TOTAL
ESTÁN GRAVADAS

German Morales, socio director y socio de impuestos de Grant Thornton, explicó que ahora todas estas plataformas que fueron incorporadas a la lista van a tener que pagar IVA. “Todo lo que sea una suscripción a estas plataformas debe pagar el 13 %”, dijo.
El experto recordó que se había incluido Facebook en una lista anterior, en el sentido de que todo anuncio de publicidad debería pagar el impuesto.
Estos nuevos servicios se suman a los 23 que a la fecha ya estaban gravados con dicho impuesto, con lo cual asciende a 71 el total de proveedores e intermediarios de servicios transfronterizos que deben atender esta obligación.
De acuerdo con el artículo 17 de la resolución DGT-R-013-2020, la Administración Tributaria está facultada para incluir o excluir proveedores o intermediarios con solo publicar la lista actualizada en la página web www.hacienda.go.cr, indicando su fecha de vigencia, con al menos tres días hábiles de antelación y sin necesidad de emitir una nueva resolución. Este listado fue publicado el 19 de julio y se mantiene de manera permanente en la página web.
El gravamen del 13 % de IVA a estos servicios inició el 1 de octubre de 2020 y se aplica a la adquisición de bienes intangibles que realicen los consumidores finales o contribuyentes del IVA, a un proveedor domiciliado fuera de Costa Rica, con el fin de ser utilizados o consumidos en el país. El cobro a estas nuevas plataformas rige a partir de hoy.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: (Foto: Archivo)

EMAIL: [email protected]

Viernes 23 Julio, 2021

HORA: 12:00 AM

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