Sábado 04, Mayo 2024

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° San José, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Alajuela, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Cartago, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Heredia, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Limón, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Guanacaste, CR

  • Pronóstico del tiempo

    ° / ° Puntarenas, CR

Nacionales

Multa de hasta ¢314 mills. por favorecer monopolios

Coprocom puede sancionar compadre hablado en licitaciones

Guillermo Rojas, presidente de la Coprocom, advirtió que hay multas para los funcionarios públicos que participen en prácticas anticompetitivas

 

 

 

La Ley N° 9.736 para el Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, aprobada en el año 2019, incluye una sanción para los funcionarios públicos que fomenten los monopolios. Estas van desde los ¢462.200 a los ¢314 millones.
Guillermo Rojas, presidente de la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom), explicó a DIARIO EXTRA, que esto aparece en el tema de prácticas monopolísticas, en el inciso h) del artículo 119.
“La ley faculta a la Coprocom a establecer multas a funcionarios públicos que coadyuven, faciliten, propicien o participen de cualquier forma la realización de estas prácticas”, dijo.
Las sanciones aplican para los funcionarios públicos que coadyuven, faciliten, propicien o participen de cualquier forma en la realización de prácticas monopolísticas.
A estos se impondrá una multa equivalente a un monto entre un salario base y hasta seiscientos ochenta salarios base. “La Coprocom tiene la potestad de sancionar a los empleados públicos que participen o coadyuven en acuerdos entre empresas para repartirse las licitaciones de obra pública”, agregó Rojas.

INHABILITACIÓN A EMPRESAS
 
De igual modo, el inciso f) del artículo 119 de la misma Ley establece la prohibición del agente económico y de sus representantes legales de participar de cualquier forma en todo tipo de contratación administrativa con cualquier entidad pública por un plazo de entre 2 y 10 años, en los casos de haber incurrido en un acuerdo con competidores para repartirse las licitaciones públicas.
Por otra parte, la Coprocom no posee dentro de sus competencias institucionales la facultad de inhabilitar a funcionarios públicos, pero sí se encuentra regulado en la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Se dice que también la Contraloría General de la República será competente para tramitar el procedimiento administrativo y requerir a la entidad respectiva, en forma vinculante, la aplicación de la sanción que determine, cuando el caso verse sobre actuaciones regidas por el ordenamiento jurídico de la Hacienda Pública.  
“En todo caso, la Contraloría General de la República deberá denunciar ante las autoridades judiciales competentes, los hechos que lleguen a su conocimiento y que puedan considerarse constitutivos de delitos”, indica la norma.
Los funcionarios públicos se exponen a suspensión, sin goce de salario, dieta o estipendio correspondiente, de quince a treinta días, separación del cargo público, sin responsabilidad patronal o cancelación de la credencial de regidor municipal, según corresponda.

PROBLEMAS CON COMPRAS PÚBLICAS

Rojas explicó que, al participar en la contratación pública, algunas empresas tienen un incentivo para realizar licitaciones colusorias, esto es, para ponerse de acuerdo y repartirse las contrataciones con el fin de obtener mayores ganancias, ya sea a través de precios más altos o de ofrecer menor calidad, burlando con ello los beneficios de la competencia.
“Igualmente las empresas pueden tener interés en convencer a la administración de introducir restricciones en los carteles para socavar injustificadamente la competencia y libre concurrencia, al impedir la entrada de competidores con la imposición de requisitos que satisfacen unos pocos”, acotó.
Con esto conseguirían obtener precios más altos por la venta de sus productos o servicios, o bien un mercado cautivo seguro, perjudicando la eficiencia del manejo del presupuesto de la institución y a la ciudadanía al restringir la adquisición de otros bienes o servicios necesarios, según la Coprocom.
La Comisión ha detectado que es usual que se introduzcan requisitos injustificados en los carteles de contratación para beneficiar a una o unas pocas empresas.
“Por ello, ante la consulta de la Asamblea Legislativa en la tramitación de la reforma a la Ley de Contratación Pública, esta Autoridad sugirió incorporar sanciones para los funcionarios que introdujeran barreras injustificadas a la competencia en los carteles de contratación”, resaltó Rojas.

LO DICE LA OCDE

En el informe “Costa Rica: Evaluación del derecho y política de la competencia 2020”, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) señaló algunas recomendaciones.
Hizo un llamado evaluar las características de sus leyes y prácticas de contratación pública y su impacto en la probabilidad de colusión entre oferentes, de modo que las licitaciones públicas en todos los niveles de gobierno estén diseñadas para promover una competencia más efectiva y reducir el riesgo de concertación y, al mismo tiempo, garanticen en general una buena relación calidad-precio.
Además de garantizar que los funcionarios responsables de la contratación pública en todos los niveles del gobierno estén al tanto de señales, comportamiento sospechoso y patrones de licitación inusuales que puedan ser indicios de colusión.

 

 

 

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Viernes 18 Junio, 2021

HORA: 12:00 AM

Enviar noticia por correo electrónico

SIGUIENTE NOTICIA