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Nacionales

Alertan sobre personas físicas y jurídicas no reguladas

Captan dinero del público al margen de la Ley

“Quienes contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su propia cuenta y riesgo”, dijo Rocío Aguilar, superintendente de entidades financieras

La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) alertó a la ciudadanía en general sobre personas físicas y jurídicas que a la luz de la Ley 7786, y que realizan alguna de las actividades dispuestas en los artículos 15 y 15 bis, están haciéndose pasar por entes regulados por dicha entidad.

Si bien la Sugef debe verificar que a quienes les aplique la Ley 7786 sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo se inscriban ante la Superintendencia y que cuenten con los mecanismos pertinentes para la prevención de los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, esto no constituye una autorización para operar como intermediaros financieros. 

Según la superintendente de entidades financieras, Rocío Aguilar, “lo anterior porque al no estar regulados ni supervisados por la Sugef, no se puede avalar su seguridad, estabilidad o solvencia, por lo que se advierte que quienes contraten sus productos y servicios, lo hacen bajo su propia cuenta y riesgo”. 

Cabe recalcar que únicamente los sujetos supervisados por la Sugef, con base en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica #7558 (bancos públicos y privados, cooperativas de ahorro y crédito, mutuales y entidades financieras no bancarias), están autorizados para operar como intermediarios financieros en el sistema financiero nacional y pueden captar recursos del público (ahorros) así como otorgar facilidades crediticias. 

“La supervisión de esas entidades se realiza con el objeto de velar por la estabilidad y la solidez del sistema financiero nacional”, enfatizó Aguilar.

La lista de los sujetos supervisados y regulados por la Sugef, así como la de los que deben registrarse ante la Superintendencia en cumplimiento con los artículos 15 y 15 bis, se puede verificar en la página web de la superintendencia. 

La revisión se puede hacer a través del link https://www.sugef.fi.cr/entidades_supervisadas/lista_entidades_supervisadas_por_SUGEF.aspx. Todo lo que esté fuera de ella, estaría operando al margen de la Ley si hace labores de intermediación financiera, es decir captar dinero del público.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto. Archivo

EMAIL: [email protected]

Sábado 17 Abril, 2021

HORA: 12:00 AM

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