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Nacionales

Revelarían en cuántas sociedades participa una persona

Observatorio de Transparencia Fiscal gana pulso a Tributación

La información deberá remitirse al Observatorio de Transparencia Fiscal por orden de la Sala Constitucional

En cuántas sociedades participa una misma persona. Eso es parte de la información que la Dirección General de Tributación deberá suministrar al Observatorio Ciudadano de Transparencia Fiscal. 

Lo anterior luego de que este último ganara un recurso de amparo, en el que se obliga a la administración a suministrar datos estadísticos, aunque sin nombres ni apellidos. 

Se trata de información relativa al Registro de Transparencia de Beneficiarios Finales. La Sala Constitucional otorgó ocho meses para adaptar la base de datos para que se puedan extraer esos datos. 

“Cuántas personas físicas repiten como socios de esas sociedades solo 2 veces, de 3 a 5 veces, de 6 a 10 veces, de 11 a 20 veces, de 21 a 50 veces, de 50 a 100 veces, de 101 a 200 veces, de 200 a 300 veces, de 301 a 400 veces y más de 500 veces”. Es lo que pidió el Observatorio. 

También solicitó la cantidad de personas físicas que terminan siendo beneficiarios finales, desglosado en nacionales y extranjeros, así como la cantidad de personas físicas que aparecen como beneficiarios finales con una participación accionaria del 15% al 20%, del 21% al 30%, del 30% al 50% o más del 50%.

En este esquema cada beneficiario y entidad jurídica simplemente se identificará con un número único. No se incluirá el nombre de las personas físicas ni de las jurídicas, ni sus cédulas de identidad o jurídicas. 

Con estos datos el Observatorio pretende practicar estudios para saber cómo

anda la concentración de la riqueza y el desarrollo práctico o real del principio de una mejor distribución.

Argumentaron que negar el acceso a información de carácter estadístico no es lo que protege la Ley No.9416, la cual debe interpretarse conforme a la Constitución Política.

“El secretismo en esta materia es funesto para la robustez de nuestra democracia, en momentos que el país ocupa conocer mejor cómo anda la concentración de la riqueza para decidir sobre nuevos impuestos y sacrificios que se quieren imponer para sanear las finanzas públicas”, argumentó Amanda Ugalde, presidenta del Observatorio, en su requerimiento de información. 

Hacienda señaló que la plataforma que resguarda la información del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales no se encontraba diseñada para generar las estadísticas requeridas, sin embargo la Sala Constitucional ordenó acoger la petición del Observatorio y ahora deberá tabularla. 

La resolución es la No.2021-005806 de las 9:15 horas del 19 de marzo de 2021.

PERIODISTA: María Siu Lanzas

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Viernes 16 Abril, 2021

HORA: 12:00 AM

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