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Opinión

Daños agravados en bienes públicos

La ley a su alcance

CONSULTA: Denuncié a un vecino ante la Municipalidad, porque destruyó una malla que había puesto la Municipalidad en nuestra comunidad hace unos años, ya la Municipalidad lo notificó y le dio 3 días para que volviera a poner la malla como estaba antes. Pero no lo hizo, mi consulta es: ¿destruir un bien público es un delito o una contravención? Como el vecino no quiso reparar el daño, estoy presionando a la Municipalidad para que lo denuncie ante los Tribunales. ¿puede la Municipalidad negarse a hacer la denuncia? ¿y si la Municipalidad no hace la denuncia puedo acusar a la Municipalidad ante la Sala Cuarta por incumplimiento de deberes?

RESPUESTA: Cuando se comete un delito que nos perjudica,  no se debe  acudir a la burocracia, sino debemos acudir al Ministerio Público,a la fiscalía correspondiente para denunciar el delito que se está cometiendo, de acuerdo al artículo 129 de Código Penal, como el caso que nos ocupa.Ahí le darán el trámite debido cumpliendo con los requisitos para interponer la denuncia y así llevar a cabo el proceso hasta llegar a una sentencia.Pero lo que corresponde es interponer la denuncia ante el Ministerio Público, que la hace el afectado contra el que está cometiendo el delito.

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Sábado 16 Enero, 2021

HORA: 12:00 AM

CRÉDITOS: Lic. Gerardo Morales

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