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Nacionales

Primera dama insiste en darles órdenes a jerarcas

Sin ser funcionaria y pronunciamiento no vinculante de Procuraduría

Claudia Dobles, primera dama, junto al presidente Carlos Alvarado. (Foto: Archivo)

Claudia Dobles Camargo, primera dama de la República, insistió en que continuará coordinando proyectos como los de transportes, a pesar de no ser funcionaria pública y del criterio no vinculante que emitió la Procuraduría General de la República.

En otras palabras, la esposa del presidente Carlos Alvarado Quesada continuará no solo girando órdenes a ministros, sino también manteniendo a su cargo un despacho con un tropel de asesores.

De acuerdo con Dobles, seguirá al frente de los proyectos que ha venido liderando, como el tren eléctrico y la flotilla eléctrica vehicular.

Sus declaraciones circularon precisamente en una actividad convocada por el Instituto Nacional de Electricidad (ICE) en relación con los buses eléctricos.

En esa actividad Noticias Repretel consultó a Dobles en qué se concentraría mientras el órgano procurador respondía la consulta vinculante realizada por la Presidencia sobre el rol de una primera dama. 

“No hemos recibido aún ninguna respuesta de la Procuraduría General de la República, mientras tanto seguimos trabajando como hemos trabajado desde un inicio y como han trabajado todas las primeras damas que me antecedieron”, manifestó.

Agregó: “Hemos trabajado con normativa clara, existe la normativa, existe un decreto que indica cuáles son las funciones del despacho y cuáles son sus competencias y cuáles pueden ser sus delegaciones.

Con base en eso hemos trabajado y seguiremos trabajando hasta que llegue la respuesta de la Procuraduría, que será una respuesta vinculante para esta servidora y para las personas que vengan a ocupar este puesto”.

 

CONTRADICCIÓN

 

La postura de Dobles llama la atención si se analiza la reciente resolución de la Procuraduría en respuesta a una consulta planteada por el diputado independiente Erick Rodríguez Steller.

Específicamente se le preguntó si Dobles en condición de primera dama podía darles órdenes a ministros y jerarcas. También se le consultó sobre su papel en el gobierno, tomando en cuenta que no es funcionaria, pero tiene a su vez un arsenal de asesores en su despacho. 

La duda es cómo alguien que ni siquiera es empleado público gira órdenes a funcionarios y jerarcas. Peor aún, si se cuestiona cómo alguien que no tiene responsabilidad con el gobierno dirige un proyecto como es el tren eléctrico.

Al respecto el abogado del Estado señaló: “La primera dama no cuenta con potestades ni competencias fijadas por norma de rango legal, solo reglamentariamente se le atribuyen ciertas tareas. Bajo ese entendido y con independencia de ello, la primera dama está imposibilitada constitucional y legalmente para girar órdenes ‘a jerarcas ministeriales y/o de instituciones apúblicas’”.

Agregó: “La primera dama carece de ese acto de investidura, su posible participación en la gestión pública no obedece a un acto formal de nombramiento, sino que adquiere tal condición por el solo hecho de estar casada con el presidente de la República. Y depende exclusivamente de él, el mayor o menor papel que juegue en las labores de gobierno”.

 

NO DEBERÍA COORDINAR EL TREN ELÉCTRICO

 

El órgano procurador también fue claro al señalar que Dobles no podía coordinar un proyecto tan complejo como el tren eléctrico.

De hecho, Rodríguez consultó: “¿Cuál es el orden y nivel jerárquico, de la primera dama, con respecto al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) y el Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer) y sus jerarcas?”.

Al respecto, el órgano procurador respondió: “No existe ningún tipo de relación jerárquica entre la primera dama y cualquiera de los ministerios que conforman el Poder Ejecutivo, incluido el MOPT”.

El procurador Alonso Arnesto Moya indicó: “Cabe agregar que, incluso, resulta cuestionable que la primera dama pueda llevar a cabo una función de coordinación que involucre el MOPT, el Incofer o cualquier otro organismo público, pues se trata de una potestad -la de coordinación- que es inherente al presidente de la República o al Poder Ejecutivo en sentido estricto (integrado por el presidente y el ministro del ramo, de acuerdo con el artículo 21.2 de la Ley General de Administración Pública (LGAP), según se desprende de los artículos 26.b) y 28.2 de la LGAP”. 

Continuó: “En esa medida, el presidente de la República no podría delegar en la primera dama una competencia que es esencial a su cargo, tal como lo impide el artículo 66, letra c), de la LGAP”.

Sobre cuál es el sustento legal o bajo qué norma se justifica asignar el desarrollo del Proyecto del Tren Eléctrico de Pasajeros a la primera dama, la Procuraduría fue clara al indicar: “Ninguno de los decretos citados, números 41187-MP-Mideplan y 40993-MP, le atribuye expresamente la competencia para desarrollar el Proyecto del Tren Eléctrico de Pasajeros a la primera dama, y aparte de estos, no se halló una norma jurídica que se la confiera en esos términos”.

 

 

¿Qué opina de que la primera dama insista en coordinar proyectos como el tren eléctrico?

 

Humberto Morera

 

“La verdad es que el tren eléctrico llegará aquí como dentro de unos 15 años. Además ella no es funcionaria pública, al que el pueblo eligió fue a su esposo”. (Foto: Carlos Barquero)

 

Francisco Morales

 

“Más allá de quién sea quien coordine este tema, a como está el país económicamente no creo que el tren eléctrico sea prioridad. La primera dama debería pensar en Costa Rica”. (Foto: Carlos Barquero)

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Sábado 21 Noviembre, 2020

HORA: 12:00 AM

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