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Nacionales

Dictaminan proyecto de Jonathan Prendas

Dictaminan proyecto de Jonathan Prendas

Jonathan Prendas, diputado de Nueva República

La Comisión de Gobierno y Administración dictaminó el expediente 21.012, Ley para la Libertad Religiosa y de Culto, que impulsa el diputado de Nueva República Jonathan Prendas Rodríguez.

Según el congresista, con la iniciativa pretende que no se pueda discriminar a ningún ciudadano por sus creencias religiosas.

De hecho, el artículo 3 del texto sustitutivo dictaminado y enviado a consulta a las distintas instituciones y sectores establece: “se prohíbe toda acción u omisión que, directa o indirectamente, discrimine a una persona o grupo de personas por razón de sus creencias religiosas. La violación de esta prohibición se atendrá a lo dispuesto en la legislación penal vigente”.

La iniciativa también es clara en regular el derecho al credo, a la asociación religiosa, a la formación doctrinal y al derecho sobre tanto los rituales como ceremonias religiosas, entre otros.

 

NO ES ESTADO LAICO

 

Consultado por DIARIO EXTRA, Prendas aclaró que no se trata de implementar Estado laico en el país. Tampoco pretende modificar la religión católica oficial como lo indica la Constitución Política.

Asimismo, externó que se hace una separación clara entre religión y sectas. Estas últimas no son cubiertas por la ley, como es el caso del satanismo.

“Nosotros lo que buscamos es proteger la libertad de toda organización de tener convicciones en sus estatutos de creencias específicas y a todas las personas, se busca proteger la posibilidad de creer y de no creer. Eso es un derecho humano de primera generación, que es una deuda que tenía el país porque en la Constitución se dice que hay libertades religiosas, pero no hay una ley que proteja y que diga cómo son esas libertades religiosas”, subrayó Prendas.

Y amplió: “La innovación más importante es que hasta ahora cualquier organización, ya sea iglesia o centro educativo, tenía que estar en la ley de asociaciones como asociación o sociedad anónima. Las organizaciones religiosas no son empresas, entonces se les da en el Registro Nacional una nueva categoría que es organización religiosa y ahí es donde van a estar las organizaciones religiosas, en un orden”.

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Sábado 21 Noviembre, 2020

HORA: 12:00 AM

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