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Nacionales

Proponen aprovechar oro tico para crisis fiscal

En lugar de meter más impuestos

  • La propuesta pretende utilizar el oro de Crucitas para sanear la situación fiscal

  • Rolando Araya Monge, exdiputado

 

 

 

 

 

 

 

Rolando Araya Monge, reconocido exdiputado (1974-1978) y excandidato a la Presidencia, presentará un proyecto de ley para aprovechar los yacimientos de oro y otros minerales en aras de impulsar el crecimiento de la economía nacional, sanear las finanzas públicas y generar fuentes de empleo.

La iniciativa se unirá a las otras tres que ya se encuentran en la corriente legislativa.

Según la justificación del plan impulsado por Araya, la idea es aprovechar a favor de la nación el yacimiento de Crucitas.

El proyecto indica que los recursos generados producto de la riqueza mineral serán invertidos de la siguiente manera:

 

* 55% se destinará al servicio de la deuda pública del país.

 

*15% irá dirigido a reforzar y ampliar la cobertura del régimen no contributivo de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social

 

*10 % para créditos a pequeñas y medianas empresas.

 

* 5 % financiará planes de recuperación y compensación ambiental.

 

“La alternativa que se plantea es aprovechar importantes yacimientos minerales de forma responsable, con total rigurosidad ambiental y que los beneficios económicos ayuden a estabilizar financieramente la nación, impacten positivamente a los costarricenses, especialmente los sectores de menores ingresos, nos permita invertir nuevos recursos para atender los actuales y futuros desafíos ambientales que tenemos y además desarrollemos todas las comunidades cercanas a estos yacimientos”, se lee en el documento.

Agrega: “Con el decrecimiento de la economía nacional, la poca generación de empleo, el aumento de la pobreza y la pobreza extrema, la precaria situación de la Hacienda Pública y el fuerte incremento de la deuda pública, la única forma que tiene el país para superar estos males endémicos, como se ha venido diciendo, es buscar otras actividades económicas diferentes a las tradicionales e históricas”.

DIARIO EXTRA hizo un repaso por el borrador del proyecto de ley. A continuación, el resumen.

 

¿QUÉ SE PROPONE?

Aprovechar a favor de la nación el yacimiento de Crucitas, el cual ya se encuentra explorado, y lejos de ser hoy una zona de protección ambiental o una fuente de riqueza nacional, es un desastre ecológico producto del abandono, el destrozo indiscriminado de la vegetación y la contaminación con mercurio y cianuro, provocado por quienes, de manera ilegal, están saqueando la zona.

El oro es dinero, tiene gran valor en el mercado internacional y lo tenemos enterrado mientras el país se hunde innecesariamente en una tragedia irreversible. Su precio está subiendo aceleradamente en el mercado internacional. El Bank of America pronostica precios de $.3000 dólares la onza troy para el próximo año y no faltan quienes, al ver la crisis mundial, aseguran el regreso del oro como respaldo al papel moneda. En este caso, es bastante probable que los precios del oro alcancen cifras inimaginables. El oro pasará a convertirse en un factor económico mucho más determinante y tenerlo produce un beneficio enorme a cualquier economía.

 

¿CÓMO SE PLANTEA?

El artículo 50 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, Ley número 7558 del 3 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que el Banco Central podrá hacer uso de sus poderes de emisión monetaria o, en su caso, poner en circulación billetes y monedas al comprar oro. Asimismo, el artículo 94 de esta Ley orgánica autoriza al Banco Central para comprar, vender y conservar oro, como parte de las reservas monetarias internacionales de la nación, conforme a las condiciones, los requisitos y demás detalles que determine su Junta. Incluso, este artículo indica que los particulares, sean personas naturales o jurídicas, podrán negociar oro de producción nacional, dentro y fuera del país, siempre que no contravengan las disposiciones que, sobre la materia, contengan los convenios internacionales suscritos por la República y dispone que las ventas al exterior estarán sujetas, además, a las condiciones establecidas por el Banco Central para regular las exportaciones. 

Se plantea en el proyecto que el Banco Central de Costa Rica adquiera el oro que se extraiga del yacimiento de Crucitas y con respaldo en ese metal precioso se gire al Estado los recursos para financiar los objetivos que se plantean en este proyecto de Ley.

 

CONTROLES ADUANEROS

Se propone fortalecer las facultades de control del Estado en esta actividad. El BCCR tendrá prioridad de compra de todo el oro que se produzca en el país y solo frente al rechazo de la oferta de venta por parte del banco, la persona física o jurídica estará autorizada para comercializar el oro en el mercado nacional o extranjero. Esto garantizará a todos los que se dediquen a esta actividad productiva en el territorio nacional que siempre tendrán al Banco Central como comprador.

 

REQUISITOS

Para exportar oro se requerirá además de una licencia de exportación que se gestionará ante Procomer, a través de su ventanilla única y esta entidad será la que gestionará las coordinaciones necesarias con las demás instituciones pertinentes para verificar los orígenes del oro, la licitud en la obtención del mismo, el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias o no y los demás requisitos que se consideren necesarios para identificar plenamente al exportador. Quien pretenda sustraer oro sin la constancia de rechazo de oferta de venta por parte del BCCR y sin la licencia de exportación en su caso, se expondrá a una sanción penal y al comiso a favor del Estado del oro que intente sacar del territorio nacional de manera ilegal.

 

DOMINIO ABSOLUTO

Se establecerá el dominio absoluto que tiene el Estado sobre los recursos minerales que existen en su territorio, y se establece que solo el Estado costarricense podrá explorar, extraer, explotar y comercializar esta riqueza, con las excepciones que la Ley disponga.

No obstante, el Estado podrá explorar, extraer, explotar y comercializar los minerales metálicos de los yacimientos que sean declarados de interés público y conveniencia nacional por Ley especial. En este supuesto, como se indicó líneas atrás, el Estado solo se encuentra autorizado para contratar las obras y los servicios que requiera para la exploración, la extracción, la explotación y la comercialización de los metales preciosos obtenidos del yacimiento, usando tecnología de punta que garantice el menor costo ambiental posible. A lo largo del proyecto de ley se dispone la obligación del Estado de velar en todo momento por la variable ambiental y se dictan una serie de obligaciones en materia de recuperación y compensación ambiental, así como una rendición de cuentas ante el Poder Legislativo sobre las medidas adoptadas para cumplir con estas responsabilidades.

 

CONVENIENCIA NACIONAL

Se declara de conveniencia nacional el yacimiento de oro y otros metales de Crucitas, y se declaran de interés público los terrenos donde se ubica el mismo. A la Dirección de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) se le impone la obligación de priorizar y proveer todos los estudios técnicos que posea y que sean necesarios para la determinación exacta del yacimiento y para el mejor aprovechamiento de la riqueza mineral existente, entidad que, en el marco de sus competencias, tendrá la responsabilidad de colaborar con Procomer y las demás instituciones que se indican en la presente ley.

 

EXPLOTACIÓN MINERA

Procomer contratará las obras de explotación minera, los bienes y los servicios que requiera para alcanzar los fines aquí propuestos y vigilará que se cumplan los más altos estándares de seguridad, sostenibilidad ambiental y responsabilidad social en la ejecución del proyecto. Además, definirá la estructura gerencial y el personal estrictamente necesario para gestionar y administrar de manera eficaz y eficiente el Promic. Todos los cargos deberán ser ocupados por personas de reconocida solvencia moral, idoneidad profesional y experiencia en la materia. No estará sometida a los procedimientos de la Ley de Contratación Administrativa pero sí a los principios generales que rigen la contratación administrativa, esto para darle agilidad en todos los procedimientos de contratación que se requieren.

 

MINERÍA A CIELO ABIERTO

Se reitera la restricción de la minería a cielo abierto en nuestro país, pero con las excepciones que se establezcan mediante una Ley especial que declare la conveniencia nacional de un yacimiento determinado como es el caso de Crucitas, de manera tal que será la Asamblea Legislativa la que haga las valoraciones, sopese los costos ambientales versus los beneficios sociales y decida si resulta de interés nacional el aprovechamiento de nuestra riqueza mineral en un sitio determinado del país, para beneficio del pueblo costarricense, garantizando en todo momento la sostenibilidad ambiental, la recuperación de las zonas afectadas y la compensación requerida para alcanzar la triple utilidad en esta fuente de riqueza.

 

EN SÍNTESIS

 

* Solo el Estado costarricense podrá explorar, extraer, explotar y comercializar la riqueza mineral que se encuentra en el suelo y en el subsuelo del país, con las excepciones que por Ley se establezcan.

* El Estado no podrá otorgar permisos ni concesiones para la exploración y explotación de petróleo, gas natural, oro ni ninguna otra actividad relacionada con la minería metálica.

* Además del Estado, solo podrán obtener permisos de exploración, concesiones de explotación minera y beneficio de materiales por medio de cooperativas dedicadas a la minería en pequeña escala para subsistencia familiar, artesanal y coligallero.

* El Estado podrá explorar, extraer, explotar y comercializar los minerales metálicos de los yacimientos que sean declarados de conveniencia nacional mediante Ley especial.

* Se declara de conveniencia nacional la exploración, la extracción, la explotación minera y la comercialización del oro del yacimiento de Crucitas

* Los terrenos donde se localiza este yacimiento se declaran de interés público. La Dirección de Geología y Minas priorizará y proveerá todos los estudios técnicos necesarios para la determinación exacta del yacimiento y para el mejor aprovechamiento de la riqueza mineral existente en la zona.

* La administración y gestión del proyecto de Crucitas estará a cargo de Procomer.

* Para la adquisición de los terrenos donde se localiza el Proyecto Minero de Crucitas, Procomer podrá acudir a la compra directa o al trámite de expropiación.

* El Banco Central comprará al Estado el oro extraído mediante la modalidad de compras al contado, en las cuales se pacta la compra a un precio fijo por la cantidad de oro adquirido y convenido entre las partes. Igualmente podrán hacerse dichas adquisiciones mediante la modalidad de compras a futuro, en la cual el Estado se compromete a entregar en una fecha determinada la cantidad de oro que requiere el Banco Central de Costa Rica a un precio a convenir entre las partes, tomando en cuenta la situación de los precios del oro en los mercados nacional e internacional.

* Las compras se realizarán de acuerdo con las prácticas internacionales bursátiles en los contratos a futuro, otorgando las partes contratantes las garantías requeridas para respetar la entrega y la compra del oro en los plazos convenidos.

* El Banco Central emitirá moneda nacional para comprar el oro que se extraiga del Proyecto Minero de Crucitas, pero para no afectar la estabilidad monetaria del colón y evitar efectos inflacionarios. Asimismo, el Central podrá disponer parcial o totalmente de este oro para fortalecer las Reservas Monetarias Internacionales de la Nación.

* El Estado podrá titularizar las ventas futuras de oro mediante la emisión de títulos valores que tengan como subyacente una cantidad de oro determinada, estas emisiones serán en moneda nacional o extranjera, a diferentes plazos, tasas de interés fijas o variables, fijándose en los contratos de venta y adquisición, condiciones inherentes a la emisión y colocación de los títulos.

* El valor de las emisiones de los títulos con respaldo al activo de oro pendiente de extraer no podrá ser superior al 75% del oro certificado en cada explotación. Estos títulos podrán ser adquiridos directamente por el Banco Central y podrán registrarse en la Bolsa Nacional de Valores y colocarse mediante el mecanismo de Oferta Pública o colocarse en los mercados internacionales de acuerdo a las prácticas bursátiles de esos mercados.

* El Central tendrá prioridad de compra de todo el oro que se produzca en el territorio nacional. Sólo en caso de que el BCCR rechace la oferta de venta, los particulares, sean personas físicas o jurídicas, quedan facultados para negociar el oro de producción nacional dentro y fuera del país.

* Para exportar oro desde Costa Rica se requerirá de una licencia de exportación de oro expedida a través de la ventanilla única de comercio exterior que administra Procomer. Esta entidad hará todas las coordinaciones con las demás instituciones pertinentes para el otorgamiento y el control de dichas licencias de exportación.

* Se autoriza al B.C.C.R para exportar e importar el oro que adquiera para fines de refinación a estándares internacionales y para su venta.

 

DIPUTADOS ANUENTES

Erwen Masís / PUSC

“Este proyecto se suma a otras iniciativas que ya existen en la Asamblea Legislativa. Creo que todo viene a aportar a la discusión. Es importante que nuestro país pueda ser beneficiado de los recursos que tenemos, no solamente del oro, sino del gas natural y del petróleo. Sabemos por medio de un documento que nos dio el Colegio de Geólogos que en Crucitas existe tan solo en una zona determinada un equivalente de $6 mil millones, tomemos en cuenta que lo que se le está pidiendo al Fondo Monetario es de $1.750 millones, es decir hay suficientes recursos para que el Estado pueda salir adelante”.

 

Dragos Dolanescu / Independiente

“En tiempos de crisis es el momento ideal para considerar todas las opciones generadoras de empleo, incluso aquellas que sean impopulares.

Hay propuestas para considerar minería, exploración petrolera y de gas. Debemos examinar todo con detalle, no se puede descartar nada a la primera. Es imposible creer que tengamos hermanos costarricenses pasando hambre, mientras dormimos literalmente en una cama de oro.

En Crucitas vivimos un verdadero desastre social y ambiental, mientras que ha vista y paciencia de las autoridades se están llevando nuestro oro, el que se podría aprovechar para mitigar un poco las consecuencias económicas del desastre que estamos viviendo por culpa de los gobiernos PAC y su doble moral”.

 

 

 

 

 

 

 

PERIODISTA: Marco Antonio González

EMAIL: [email protected]

Jueves 29 Octubre, 2020

HORA: 12:00 AM

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