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Nacionales

MEP creará 4 mil plazas

Según nueva Convención colectiva

Los sindicatos y el gobierno festejaron la firma de la convención

La convención colectiva que el Ministerio de Educación Pública (MEP) firmó con los sindicatos el viernes 16 de octubre genera polémica en vista de una serie de puntos que se incluyen que para muchos son excesivos en una época difícil a nivel económico.

Algunos de los compromisos adquiridos por el MEP son la creación de cuatro mil plazas para las cocineras que laboraban para la institución, pero a quienes les pagaban las juntas de educación o administrativas.

La negociación de la convención colectiva estableció que el MEP asumiría la contratación de las primeras dos mil plazas para cocineras en el 2021 y las restantes dos mil en el 2022, por ello se incluyó en el documento firmado, no obstante, aún no cuentan con los recursos para su pago.

Lo que más llama la atención es el compromiso del MEP luego de que los diputados miembros de la Comisión de Hacendarios cuestionaran a la ministra Guiselle Cruz la necesidad de crear estas plazas en medio de la crisis financiera.

Al ser parte de la planilla del MEP, a las cocineras no solo se les pagará el salario, sino que deben incluirles el pago de distintos pluses, como el zonaje, la anualidad, salario escolar y otros que, actualmente, no se les remunera.

En el MEP insisten en que contratar a las cocineras significa un ahorro, pues aseguran que con ellos recibirán menos salario que el que pagan las Juntas de Educación.

En esa línea aseguran que el pago con el MEP es de ¢308.400, mientras que en la planilla de las Juntas de Educación ronda los ¢352 mil.

En esa diferencia salarial justifica el MEP que se compensaría el pago adicional por los pluses.

 

LICENCIAS

 

Otro punto que llamó la atención de decenas de personas es la posibilidad de una licencia de tres días cuando los abuelos fallecen, acorde con lo establecido en el artículo 60 del documento firmado.

“El MEP reconocerá una licencia de tres días hábiles por fallecimiento del abuelo o abuela de la persona trabajadora. Lo anterior para humanizar el servicio y permitir a funcionarios y funcionarias, realizar el duelo necesario por la muerte de su pariente”, indica el texto.

En el artículo 59 se establece el traslado de licencia por maternidad por el fallecimiento de la madre.

“En caso de fallecimiento de la madre y en tutela de los derechos de la persona recién nacida, el MEP otorgará a favor del padre, una licencia por un periodo de tres meses, para el cuido de la persona recién nacida”, cita.

Esta licencia sustituye la normativa del artículo 33 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil y el artículo 37 de la Convención Colectiva.

Los artículos 61 y 62 de la convención establecen las licencias de lactancia, en el caso de un parto de un solo bebé darán una hora hasta por un mínimo de 24 meses y se podrá extender si la funcionaria presenta una recomendación validada por un certificado médico.

En el caso de los partos múltiples, establecen que darán una hora como derecho de lactancia por cada una de las personas recién nacidas, acorde con lo dispuesto en el voto Nº 2013-006703 del 17 de mayo del 2013 de la Sala Constitucional.

 

SEMANA SANTA

 

En el artículo 48 se establece el descanso durante toda la Semana Santa, pero sin el rebajo de los días de vacaciones, ni el rebajo salarial.

El beneficio es para los días laborales lunes, martes y miércoles, en los cuales los centros educativos permanecen cerrados.

“Se conviene otorgar, durante los días laborales (lunes, martes y miércoles) de Semana Santa, en los cuales los centros educativos permanecen cerrados, descanso con goce de salario a las personas trabajadores del Ministerio de Educación Pública, con el propósito de reconocer el aporte de estas personas al fortalecimiento de la educación pública costarricense; con excepción de aquellas clases de puesto que por naturaleza de sus funciones deban laborar para resguardar los bienes públicos. Lo anterior debido a que, conforme al calendario escolar, durante la Semana Santa no hay presencia de estudiantes y la asistencia de personal a los centros educativos, genera costos innecesarios”, cita el artículo 48 de la convención colectiva.

El beneficio aplica para el personal docente y administrativo.

 

OTROS CAMBIOS

 

El MEP incluirá un plus didáctico, el cual busca que los docentes compren materiales para impartir las lecciones. Este rubro anteriormente se ubicaba en el 8,33% del salario total, es decir de la suma del base más pluses.

Ahora, dicho plus es del 12,6% sobre el salario base, convirtiéndose en un adicional de ese sueldo.

La zona de menor desarrollo y zonaje que se pagaban en lugares vulnerables o peligrosos ahora serán un solo incentivo, monto nominal que se incorpora al salario base.

PERIODISTA: Sharon Cascante Lizano

CRÉDITOS: Foto: Archivo

EMAIL: [email protected]

Martes 20 Octubre, 2020

HORA: 12:00 AM

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