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Sucesos

Sobreseen de Cementazo al ex subgerente del BCR

Falta de pruebas lo exime de acusaciones

  • Guillermo Quesada Oviedo, ex subgerente del BCR, fue sobreseido definitivamente de las acusaciones en el caso del Cementazo

  • José Pablo Badilla, abogado de Quesada

Guillermo Quesada Oviedo, ex subgerente del Banco de Costa Rica (BCR), fue sobreseido definitivamente de las acusaciones en su contra en el sonado caso del Cementazo.

Juan Carlos Bolaños Rojas (JCB), representante de Sinocem Costa Rica S.A. (empresa encargada de traer el cemento chino) había interpuesto denuncia formal contra Quesada Oviedo por la posible comisión de los delitos de Divulgación de Secretos, Violación de Datos Personales y/o infracción a la Ley Orgánica del Banco de Costa Rica.

De acuerdo con las autoridades judiciales, una vez realizada la audiencia oral y por ende analizados los resultados del proceso de investigación, no se logró contar con los indicios o elementos suficientes para al menos concluir la existencia de alguna de las delincuencias denunciadas y querelladas.

No se ha logrado recabar prueba que vincule a Quesada Oviedo como autor responsable de tales actos y que con ello haya actuado en contra de los principios de probidad y buen ejercicio en la función pública, de manera que se ha determinado que lleva razón el ente fiscal y la defensa particular del encartado llevada por José Pablo Badilla, en peticionar el dictado de un sobreseimiento a favor del mismo.

José Pablo Badilla, abogado de Quesada, se mostró satisfecho por la resolución que hace justicia.

“Es una reivindicación de la justicia y lo que se acredita, que cuando Guillermo fue despedido en aquel momento estaría patrocinado por la gerencia del Banco ejercida por Mario Barrenechea, con Paola Mora y demás miembros de la junta directiva, lo que se pretendía era sacar a Guillermo del banco.

Y así no tener obstrucción alguna para probar el préstamo a la empresa que representaba Juan Carlos Bolaños, demuestra que el despido fue ilegal”, recalcó.

Se condena al Banco de Costa Rica al pago de ambas costas, las cuales serán por la suma de ¢6.021.211, así como los intereses e indexación deberán ser liquidadas en la vía correspondiente. Respecto de la evidencia se ordena la devolución de la misma, para lo cual las partes cuentan con el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de esta resolución.

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Martes 22 Septiembre, 2020

HORA: 12:00 AM

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